A la hora de aplicar el convenio estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado, en el que se establece que las pagas extras se devengan todo el mes de la paga extra aunque no haya trabajado el mes completo (ejemplo: si comienza a trabajar el día 8 de mayo, le corresponde la paga del mes completo). Nosotros estamos realizando la cotización prorrateada según los días realmente trabajados, por lo que a la hora de percibir la paga extra ahora en junio, hay un excedente que el trabajador devenga pero no ha cotizado, ¿de qué forma realizáis esta cotización?
Gracias de antemano.
Un saludo
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