EDITO: Segun informacion de los servicios de ordenacion de la TGSS, se excluye el Regimen de Artistas del la cotizacion adicional...Debe tenerse en cuenta que esta cotización adicional no será aplicable para
contratos inferiores a 30 días que se celebren con trabajadores incluidos
en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, en el
Sistema Especial para Empleados de Hogar o en el Régimen Especial para la
Minería del Carbón; ni a los contratos por sustitución.
Lo que he dicho mas arriba, si no los nombra, yo entiendo que si se les aplica...
Es actual...Toni, disculpa, ¿esa información que comentas es actual o es la del 2019 a la que hice referencia?
Mis últimas noticias era que todavía no estaba claro pero eran noticias de hace unos 10 días y, para la vorágine que estamos viviendo, 10 días es una vida.