Cuidadito con desspido con poca antigüedad y en IT

FERNANDO

Miembro conocido
Acabo de ver demanda de trabajadora con baja larga en IT. Trabajadora con tres meses de antigüedad. Pues la demanda interpuesta pide:

1.- Nulidad por discriminación por estar en IT de acuerdo a la nueva ley promulgada con 25000 euros por daños morales.

2.- En caso de improcedencia (se pide subsidiariamente), y dado que la antigüedad es de tres meses, pide indmenización por vulneración art. 24 Carta social europea, al ser la indemnización insuficiente para reparar el daño causado y ser el despido totalmente arbitrario y debido a una IT.

Menudo fregao tiene la empresa.....
 

PEDRO

Miembro conocido
¿Se sabe le motivo del despido? me refiero a lo de siempre si no se ha motivado al menos el despido.
 

FERNANDO

Miembro conocido
La realidad del despido, según le dijo la empleadora a la trabajadora (qué burra), es que no puede mantener una baja de tan larga duración.. En la carta pone: despido por bajo rendimiento, simplemente. Una auténtica chapuza, vamos.
 

PEDRO

Miembro conocido
Por eso te preguntaba porque yo he realizado un despido, pero era una baja de corta duración (30 dias) pero en la carta motivé con datos precisamente para intentar evitar eso.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Vamos, que al final le va a costar más el despido (mucho más), que no el coste de cotización que hubiese debido soportar......

Por aventurar intenciones, y metiéndome donde no me han llamado, dado que daño económico no sufre la trabajadora (paga la mutua la ILT), la pretensión de la contraparte es "hacer daño" para que la empresaria escarmiente.
Le ha dolido el despido, y supongo especialmente las formas.
Esto se resuelve en conciliación, pero sacando la chequera y firmado un generoso (y doloroso) cheque.
Jugárselo a la ruleta rusa de ir a juicio, puede salir bien (reprimenda y coste dinerario bajo) como horriblemente fatal (estimación de todas las pretensiones de parte).
 

LABOR

Miembro activo
Me temo que este tipo de casos van a proliferar de ahora en adelante..........ya lo apuntó en prensa Yolanda Diaz y se están ya empezando a ver demandas en las que hay reclamaciones civiles además de las laborales. Para bien o para mal yo creo en España el despido " libre" asumiendo el costo de la indemnización legal únicamente se va a ir poco a poco matizando e incorporando este tipo de peticiones digamos ahora un poco extraordinarias.
 

toni

Miembro conocido
Este año he tenido un par de demandas por despido con la coletilla de daños morales y tambien por 25.000 euros que afortunadamente no han prosperado, su señoria lo veia desproporcionado, fue declarado improcedente el despido, eso si.

Otra cosa ahora que en los ERES va a ser la ITSS la que indague si es cierto o no... La tucan como la llama Fernando me tiene hasta los mismos...
 
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Cachilipox

Miembro conocido
Un poco de literatura al respecto:

Despido nulo por vulneración derechos fundamentales, resarcimiento del daño moral y modo "prudencial" de cuantificación de la indemnización.​

 

Cachilipox

Miembro conocido
Y un poco más:

Indemnización adicional por daño moral derivado de la vulneración de derechos fundamentales en el supuesto en el que, por dicha vulneración, el despido es declarado nulo.​

 

Cachilipox

Miembro conocido
Comentarios, la "doctrina consolidada" del TS (o sea, ya es jurisprudencia), establece que verificada la violación de derechos fundamentales (o sea, despido NULO), si la parte ha demandado daños morales, estos van de serie y de modo automático, en una cuantificación de al menos el importe mínimo de la sanción muy grave de la LISOS.

Escapatoria: control de daños, jugársela a la improcedencia, evitando caer en la nulidad.
Cometer intencionalmente errores formales o materiales en la notificación y ejecución del despido, que den lugar a "inducir" a su señoría a que resuelva por la vía fácil de la improcedencia, y así evitar el automatismo indemnizatorio establecido por jurisprudencia del TS, en caso de despido nulo y solicitud de daños morales.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Veo que hacéis hincapié en el tema de nulidad y automática indemnización.

No voy por ahí. Hablo, imaginad, un tío que lleva un mes en la empresa y se toca los cataplines. La empresa, claro, nada puede probar, y le despide por bajo rendimiento, sin más. Pues bien, se abre un debate, según el cual, si el trabajador tiene una antiguedad que le dara derecho a una mierda de indemnización, y se ve que el despido es abusivo, sin causa alguna salvo el que 'lo despido porque me cuesta poco y no me gusta el tío....', pues se puede pactar una indemnización aparte de la de los 33 días si se prueban daños al trabajador por dicha decisión arbitraria del empleador(dejé el anterior empleo y, de media, encontrar otro igual, me cuesta 6 meses de trabajo, con lo que pierdo10.500 euros de sueldo...... Pues, nada 10.500 de indemnización por daños + 1.900 euros de indenmización por despido improcedente (que no nulo). ¿Cómo se os queda el cuerpo?
 
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PEDRO

Miembro conocido
Cachilipox, yo no soy abogado pero es las dos sentencias que cuelgas las lees y me parece que son de "libro" es evidente y demostrado que que hay una clara represalia por parte de la empresa a las reclamaciones del trabajador.
Ahora respecto al ejemplo que pone Fernando veo un poco extremo (no digo que no pueda pasar y sobre todo con la ministra que tenemos), pero es que si vamos a pedir todos indemnizaciones por daños morales quedamos solos, porque basta que me me diga u ordene algo mi jefe y demanda al canto.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Sí, esas sentencias son casos de libro.
Pero claro, ¿acaso no lo es cualquier despido nulo?
Lo que establece esa jurisprudencia casacional (la casación es siempre jurisprudencial en sí misma) es anudar la indemnización por daños morales (siempre y cuando sea reclamada) al acto de calificación como nulo de un despido, y cuantificar unas cantidades mínimas. Estableciendo además, que es obligatorio que la instancia valore y determine el asunto.
 

PEDRO

Miembro conocido
Pues oscuro me lo pones porque como dije antes tengo un cliente que despidió a una empleada por lo de siempre, discusión ya la día siguiente baja por ansiedad, tanta como que está por todos los bares de copas o en tik tok de baile. La carta de despido fue en ese sentido y así se lo hice saber al cliente que eso es dificil de ganar y es un improcedente. Pero a la vista de que ahora se puede pedir nulidad por todo, crudo me lo pones.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Por poder pedir, se puede pedir la luna.... Otra cosa es que su señoría conceda. Y si la cosa tiene visos de ser causal, solo que mal formulada, es fácil que la sentencia tire por la improcedencia, y apañados.

El hecho es que a la vista de esa jurisprudencia reciente, un despido chapucero puede ser convertido fácilmente por parte de una contraparte hábil, en un acto de discriminación y/o violación de la indemnidad del trabajador. Y si sale nulo, lleva de serie no solo la reincorporación y salarios de tramitación, sino una penalización/indemnización del orden de al menos unos 7.000 €. Y claro, vuelta a comenzar con el resiguiente despido, esta vez bien fundamentado.

La causa real de un despido será la que sea (la testosteronitis abunda mucho), pero la gestión y tramitación del mismo debe ser impoluta, y en el caso, al estilo del corte de prueba para dirigir la caída del árbol de los leñadores, cometer intencionalmente algún que otro error formal o material que oriente la cosa hacia la improcedencia.
 
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FERNANDO

Miembro conocido
Me reitero: no son daños morales. Lo novedoso es demandar junto a un despido sin causa o abusivo, por los posibles daños que este te cause y que, según alguna sentencia del TSJ de Cataluña, puede llevar aparejado indemnización aparte de los 33 días por año por daños y perjuicios, siempre que: el despido sea abusivo o sin causa alguna, siempre que la indemnización no compense el daño causado por ser reducida, y siempre que se prueben daños causados por el despido (ejemplo claro: dejé un trabajo por este y, ahora, resulta que me quedo sin trabajo alguno y con una indemnización de miseria).
Aquí no se habla de nulidad, sino de simple improcedencia, y es algo que ya comienzan a considerar algunos tribunales (aún no el supremo).
 

PEDRO

Miembro conocido
Pues si, la verdad que a la vista de lo mismo el despido se va a poner "caro" porque cualquiera puede sentirse vulnerado en sus derechos. Habrá que poner mas ojo en los despidos y hace como dice Cachilipox, al menos "buscar" la improcedencia para que no sea declara la nulidad, no hacer la tipica carta sin motivo alguno solo remitiéndose al artículo 54 del Estatuto.
 

MARTALCAB

Miembro activo
Que miedo me da todo esto, contando los dias para jubilarme...jaja. Una pregunta cuando hablais de daños morales de serie, tengo un caso que se reclama despido nulo pero no se indica para nada en la papeleta la vulneración de derechos ni los daños morales, entiendo en la demanda no los pueden incluir?? y se lo daría el juez sin estar en la demanda, entiendo que no.
 

Laertes

Miembro
Pues yo puse hace dos semanas una demanda del turno de oficio por baja en periodo de prueba tras caer en IT, pidiendo indemnización de 102.500€, usando la LISOS como criterio de cuantificación. Y la baja es corta.
Claro que en este caso la trabajadora sufre fibromialgia.
Está difícil, pero si cuela, cuela.

En tu caso, claro, la baja es larga. Habría que estudiar la naturaleza de la enfermedad y si es realmente incapacitante.
 

Cachilipox

Miembro conocido
La doctrina TS dice dos cosas:

.- Si la parte demandante lo pide, y el despido es declarado nulo, va de serie la indemnización, sin más detalle que mandatar al juez a que haga una "valoración prudencial". No hace falta prueba alguna, ni tasación ni acreditación, al ser el daño moral un intangible.

.- Constatado que el despido es nulo, eso implica "necesariamente" que se ha dañado "algo" del trabajador, por tanto, no se ha respetado su indemnidad. Esto abre la posibilidad a que su señoría, de oficio, dictamine que dado que el daño moral existe y es cierto, aunque no lo pida la parte, se le conceda igualmente. Pero esto segundo es ya más aventurado e hipotético.
 
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