africallora
Miembro conocido
Sí, @PEDRO majo,
Pero si no te ha llegado la resolución, espera. No vaya a ser…
Te paso jurisprudencia sobre la liquidación de las ‘vacas’
STSJ AND 4701/2020
«Es obvio que la inclusión de la liquidación de las vacaciones devengadas y no disfrutadas en el finiquito, al acontecer la extinción definitiva de la relación laboral, es un efecto de características económicas derivado de dicha extinción, y por lo tanto un derecho del trabajador de carácter económico. Siendo así, entra dentro del alcance del art. 174.5 LGSS, como prórroga de los efectos económicos de la IT».
Pero si no te ha llegado la resolución, espera. No vaya a ser…
Te paso jurisprudencia sobre la liquidación de las ‘vacas’
STSJ AND 4701/2020
«Es obvio que la inclusión de la liquidación de las vacaciones devengadas y no disfrutadas en el finiquito, al acontecer la extinción definitiva de la relación laboral, es un efecto de características económicas derivado de dicha extinción, y por lo tanto un derecho del trabajador de carácter económico. Siendo así, entra dentro del alcance del art. 174.5 LGSS, como prórroga de los efectos económicos de la IT».