Tengo un antiguo cliente que ahora está trabajando por cuenta ajena. Resulta que la inspección médica le dio un alta con propuesta de incapacidad antes de los 365 dias, los cumple el día 22-11-2023, pero ahora le llega la resolución denegándole la pensión, mis dudas:
- ¿Tiene que ir a trabajar?
- ¿Se entiende que al serle denegada la incapacidad es un alta médica?
- Aparte de reclamar contra la incapacidad, que no lo quiere hacer, ¿se puede recurrir para poder seguir estando de baja pues no se encuentra bien para trabajar aun?
- ¿Y si se coge la baja por otra contingencia?
Gracias anticipadas.
- ¿Tiene que ir a trabajar?
- ¿Se entiende que al serle denegada la incapacidad es un alta médica?
- Aparte de reclamar contra la incapacidad, que no lo quiere hacer, ¿se puede recurrir para poder seguir estando de baja pues no se encuentra bien para trabajar aun?
- ¿Y si se coge la baja por otra contingencia?
Gracias anticipadas.