DESPIDO EMPLEADA DE HOGAR

laboris

Miembro
Buenas tardes.

Se me da el caso de empleador que se va a la residencia de ancianos y ya no necesita a su empleada que esta en alta a jornada completa. ¿Qué tipo de despido e indemnización podría darse en este caso? ¿Tendría que preavisar?

Gracias y un saludo
 

africallora

Miembro conocido
RD.1620/2011, art. 11.2b)

Causa de extinción: Modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar

Preaviso: 7 días si lleva menos de una año, 20 días si lo supera.

Indemnización: doce días por año de servicio con el límite de seis mensualidades.
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Durante el período de preaviso, tiene derecho –sin pérdida de su retribución– a una licencia de seis horas semanales con el fin de buscar nuevo empleo.
 

PEDRO

Miembro conocido
Aprovecho el hilo, en caso de no necesitar a la empleada porque los chicos se "hacen mayores" ¿iríais por este mismo artículo?
gracias
 
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