Despido improcedente con 33 dias

blas

Nuevo miembro
Hola, mi consulta es la siguiente:
Tengo que hacer un despido improcedente  y estoy pensado plantearlo con 33 dias de indemnizacion ya que en su dia  cuando se hizo el contrato en el 2004 reunia los requistos de la disposicion adicional primera de la Ley 12/2001, ya que se encontraba el trabajador entre el colectivo de mayor de 45 años.
Mi duda es, ¿si no puedo demostrar que tengo perdidas economicas le pago los 33 dias y el trabajador no puede reclamar nada no?
¿Tengo que preavisarle o pagarle los 15 dias de preaviso o con el reconocimento de la improcencia es necesario y no se le paga mas que la indemnizacion?
Si el trabajador no esta de acuerdo ¿deposito en el juzgado como un despido improcedente ordinario los 33 dias ?
Gracias y un saludo.
 
A

Activo

Guest
Se entiende que lo hacéis como un despido objetivo, ¿no? En ese caso lo más que podría reclamar el trabajador es improcedencia por despido disciplinario encubierto, pero tendría que demostrarlo. Y si lo hace, le corresponderían 45 días/año de indemnización con un máximo de 42 mensualidades.

Y sí, debes preavisar con 15 días (y durante esos quince días el trabajador tiene derecho a 6 horas semanales de permiso remunerado para buscar otro empleo) o pagarle la falta de preaviso.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Cuidado con eso; si dices que tienes pérdidas, pero la empresa va bien, no sea que te pidan libros; haya ganancias y tengas que pagas 45 + salarios de trámite...
 

blas

Nuevo miembro
pero si yo ya reconozco la improcedencia y alego a perdidas o que si no amortizo su puesto la empresa cierra, el trabajador puede reclamar?? no me queda muy claro lo que me dices fernando..
 

Nando_bcn

Miembro conocido
El trabajador puede reclamar que has utilizado la vía del despido objetivo con reconocimiento de la improcedencia sin que existan realmente esas causas objetivas (económicas....) por el mero hecho de ahorrarte una parte de la indemnización  (33 dias/año  en lugar de 45 y tmabien con los distintos límites), es decir, que has hecho uso de esa posibilidad en fraude de ley.
Ahora, la carga de la prueba la tiene él.
Tú sabrás si lo tiene fácil o no.

Saludos
 
Arriba