La empresa ha despedido en diciembre a un trabajador, por despido disciplinario. El trabajador ha demandado a la empresa, y la empresa en el acto de conciliación va a reconocer la improcedencia del despido y pagarle la indemnización correspondiente.
Mi pregunta, porque es el primer caso, al ser un despido improcedente, si la empresa tiene que comunicar de alguna manera ese despido improcedente a la seguridad social, a los efectos de no tener bonificaciones por contratación de nuevos trabajadores durante los próximos 12 meses?
Mi pregunta, porque es el primer caso, al ser un despido improcedente, si la empresa tiene que comunicar de alguna manera ese despido improcedente a la seguridad social, a los efectos de no tener bonificaciones por contratación de nuevos trabajadores durante los próximos 12 meses?