Despido por burofax y baja en seguridad social

PEDRO

Miembro conocido
Puedes poner como fecha de efecto la del dia en que lo remites u otra posterior (yo suelo poner al menos el día siguiente, para que existan más garantías de que lo haya recibido, pero no porque sea un condicionante, lo hago por concepto y sabiendo que en algunos casos puede acabar recepcionándolo o recogiéndolo varios días más tarde).
Pero, como indicas, siendo válida, en principio, la fecha de efecto que hayas indicado en el comunicado (y que, repito, puede ser perfectamente la del mismo día en que envías el burofax), el dies a quo para recurrir (los 20 dias de plazo) empieza en el momento de la entrega o recogida del burofax, y teniendo en cuenta que hay 30 días de plazo para ello (por ej, deliberadamete, el trabajador despedido, conocedor del aviso de intento de entrega y de recogida en la oficina de Correos, puede, deliberadamente, apurar ese plazo de 30 dias para recogerlo, y a partir de ese momento tendrá 20 días hábiles para reclamar).

Saludos.
Gracias Nando.
 

LORENA25

Nuevo miembro
Y digo yo... no es más sensato esperarse un par de días... una vez ya se reincorporé del permiso retribuido, y quizá os ahorraréis problemas mayores que pagar 2-3 días más.
Es que ayer hicieron despidos a todo dios (6 total), y dijeron de este ¿y por qué no? Y zasca, se le envió el burofax
 

LORENA25

Nuevo miembro
Leyó el burofax con fecha de hoy, entonces ¿la baja en seg. social la tramito hoy aunque el escrito dijese la fecha de ayer?
Puedes poner como fecha de efecto la del dia en que lo remites u otra posterior (yo suelo poner al menos el día siguiente, para que existan más garantías de que lo haya recibido, pero no porque sea un condicionante, lo hago por concepto y sabiendo que en algunos casos puede acabar recepcionándolo o recogiéndolo varios días más tarde).
Pero, como indicas, siendo válida, en principio, la fecha de efecto que hayas indicado en el comunicado (y que, repito, puede ser perfectamente la del mismo día en que envías el burofax), el dies a quo para recurrir (los 20 dias de plazo) empieza en el momento de la entrega o recogida del burofax, y teniendo en cuenta que hay 30 días de plazo para ello (por ej, deliberadamete, el trabajador despedido, conocedor del aviso de intento de entrega y de recogida en la oficina de Correos, puede, deliberadamente, apurar ese plazo de 30 dias para recogerlo, y a partir de ese momento tendrá 20 días hábiles para reclamar).

Saludos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Leyó el burofax con fecha de hoy, entonces ¿la baja en seg. social la tramito hoy aunque el escrito dijese la fecha de ayer?
La baja la tramitas, en plazo (tienes 3 días) con igual fecha que la fecha de efecto de despido (que parece fue de ayer).
Si habéis comunicado (con todas las reservas comentadas, por las circunstancias del caso) el despido con fecha de efecto de ayer, la baja es de fecha de ayer.
Cuando preguntas "¿cuándo la tramito?" ... ¿te refieres a en qué momento la comunicas a la SS o con qué fecha de efecto?
Pero, en resumen, fecha de la baja, ayer, plazo para comunicar la baja a SS (con fecha de efecto de ayer) hasta pasado mañana.
Y a cruzar los dedos (por la fecha del despido, no por comunicarla a la SS uno u otro día, aunque también es importante comunicar ese movimiento en plazo, pero es que no estoy seguro de que hablemos de lo mismo cuando hacemos referencia a fechas o momentos de realizar ciertos trámites)
 

LORENA25

Nuevo miembro
La baja la tramitas, en plazo (tienes 3 días) con igual fecha que la fecha de efecto de despido (que parece fue de ayer).
Si habéis comunicado (con todas las reservas comentadas, por las circunstancias del caso) el despido con fecha de efecto de ayer, la baja es de fecha de ayer.
Cuando preguntas "¿cuándo la tramito?" ... ¿te refieres a en qué momento la comunicas a la SS o con qué fecha de efecto?
Pero, en resumen, fecha de la baja, ayer, plazo para comunicar la baja a SS (con fecha de efecto de ayer) hasta pasado mañana.
Y a cruzar los dedos (por la fecha del despido, no por comunicarla a la SS uno u otro día, aunque también es importante comunicar ese movimiento en plazo, pero es que no estoy seguro de que hablemos de lo mismo cuando hacemos referencia a fechas o momentos de realizar ciertos trámites)
Sí, mi duda es únicamente la fecha efectos de la baja en seguridad social.
 
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