A ver si me echáis una mano, pues esto tenía que pasar y creo a vosotros también tendréis algún caso.
Me acaba de llamar un cliente que quiere prescindir de una trabajadora por la que exoneró cuotas hasta el mes de septiembre de 2021, vamos de que ayer. Me dice que le prepare un despido objetivo que solo le quedan 1000 euros en la cuenta, que no ha podido pagar las nóminas de enero (tres empleadas). Le comento el tema de las exoneraciones, que va a tener que devolverlas todas con recargos, y me responde que no puede mas que de seguir así su deuda crecerás mas.
Tengo una y necesitaba vuestra ayuda:
- ¿Si le hago despido objetivo me lo pueden declarar nulo por la prohibición de los despidos por causa de ERTE?.
Entiendo que si no reclama la empleada no tiene porque haber problema.
Me acaba de llamar un cliente que quiere prescindir de una trabajadora por la que exoneró cuotas hasta el mes de septiembre de 2021, vamos de que ayer. Me dice que le prepare un despido objetivo que solo le quedan 1000 euros en la cuenta, que no ha podido pagar las nóminas de enero (tres empleadas). Le comento el tema de las exoneraciones, que va a tener que devolverlas todas con recargos, y me responde que no puede mas que de seguir así su deuda crecerás mas.
Tengo una y necesitaba vuestra ayuda:
- ¿Si le hago despido objetivo me lo pueden declarar nulo por la prohibición de los despidos por causa de ERTE?.
Entiendo que si no reclama la empleada no tiene porque haber problema.