Nando_bcn dijo:
Simplifico la distribución:
- de enero a marzo mantenemos la jornada habitual de 40 horas semanales
- de abril a junio es de 50 horas semanales
- de julio a septiembre es de 30 h. semanales
- de octubre a diciembre se vuelve a las 40 horas semanales habituales
Hola, buenos dias y ante todo, gracias a quien pueda arrojar un poco de luz ante el caso que voy a exponer. He comenzado citando a Nando_bcn porque parte de su mensaje coincide con lo que posiblemente tenga que hacer yo en unas semanas con una empresa. El caso es que se trata de una empresa del ramo de la hosteleria, que esta situada en una poblacion de playa y que tiene sus 5 trabajadores con contrato indefinido a jornada completa y claro, de un tiempo para acá esa situacion es insostenible y se esta planteando enfocarla de otra manera, mas adecuado al tipo de actividad que desarrolla. El tema es que, a mi lo que se me ha ocurrido es (la empresa de todas formas tendra que negociarlo con los trabajadores a ver si estan de acuerdo) que, como en cada epoca del año la carga de trabajo no es la misma, hacer un contrato indefinido a tiempo parcial con distribucion irregular de la jornada, asi que siguiendo la exposicion de Nando_bcn, la distribucion podria ser algo asi:
- de enero a mayo, unas 20 horas semanales, porque seguramente trabajarian jueves y viernes tarde, sabado todo el dia y domingo medio dia
- de junio a septiembre, 40 horas a la semana
- de octubre a diciembre, como de enero a mayo, o sea, 20 horas semanales
Una vez dicho esto, se me plantea la duda de como efectuar el pago del salario y por tanto la cotizacion, ¿tendria que calcular el sueldo anual, ya que la jornada tambien lo es, y pagar y cotizar todos los meses lo mismo independientemente de la jornada que se este realizando?
Otra duda seria, tendria que especificar el horario a realizar en los periodos que se trabajan 20 horas y en que dias como en cualquier tiempo parcial?
Si puede hacerse mediante acuerdo entre la empresa y cada uno de los trabajadores, puesto que no hay representantes de los mismos.
Y por ultimo, los meses en los que se realizaria cada "tipo" de jornada se pueden especificar mas o menos con total certeza, pero la concretar los dias, no tanto, entonces ¿se podria poner en el contrato la distribucion como os comentaba antes y añadir una clausula que los dias concretos con su horario se estableceran en su momento, avisando con X dias de antelacion al trabajador?
Es un poco "chapa" lo que os he expuesto, pero necesito vuestra ayuda en este tema como agua de mayo y quizas, me esta pareciendo una montaña y no lo es tanto (almenos eso creo, pero esas pequeñas "dudas" que os planteo son las que no me dejan ver del todo claro la forma en que debo proceder)
Muchas gracias