Me llama un cliente para despedir a una trabajadora que presta sus servicios los fines de semana, la va a llamar entregarle la carta de despido con fecha de efectos de hoy 21. Aunque hoy no tiene que trabajar entiendo que no hay problema para hacerlo ¿Es correcto o entraña algún problema?
Pregunto porque no haya por ahí cualquier sentencia que diga que solo se puede despedir en los días de trabajo y no en descanso o vacaciones.
(Estoy saturado necesito vacaciones ya)
Pregunto porque no haya por ahí cualquier sentencia que diga que solo se puede despedir en los días de trabajo y no en descanso o vacaciones.
(Estoy saturado necesito vacaciones ya)