DUDA ENCUADRAMIENTO.

RGG1980

Miembro activo
Pero es que aquí dice que el cónyuge del empresario (que posea control efectivo , en este caso 25% + administrador) va encuadrado en reta, de ahí mi duda, pero bueno, si todos opináis lo contrario, seguro que es lo correcto, muchísimas gracias a todos.

si te refieres al punto 3, atento a lo que dice "en el caso de tener atribuidas las funciones de direccion y gerencia" cosa que entendemos que no ,
y entonces me reitero:

Que si ella tiene 0% y su marido 25% entones estas en el punto 3. ya que segun tu ella tiene 0 y no tienes direccion y gerencia.

si por contra ella tuviera 0, el marido 25% y a ella le dieran direccion y gerencia entonces estariamos en reta

y si la chica se divorciara y tuviera direccion y gerencia y 0 capital, estarimos en asimilados

Por eso todos una vez aclarado que ella, casada con el socio que tiene un 25 y es administrador, ella con 0 % de participaciones y ella sin direccion ni gerencia , si todo esto es asi , pues un regimen general normal, pero eso si al ser familiar maxima cautela y pagarla y darle el mismo tratamiento que un trabajador normal, pago de nomina a la vez que todos, registros igual que todos y todo igual que todos.....
 

Marios1

Miembro
si te refieres al punto 3, atento a lo que dice "en el caso de tener atribuidas las funciones de direccion y gerencia" cosa que entendemos que no ,
y entonces me reitero:

Que si ella tiene 0% y su marido 25% entones estas en el punto 3. ya que segun tu ella tiene 0 y no tienes direccion y gerencia.

si por contra ella tuviera 0, el marido 25% y a ella le dieran direccion y gerencia entonces estariamos en reta

y si la chica se divorciara y tuviera direccion y gerencia y 0 capital, estarimos en asimilados

Por eso todos una vez aclarado que ella, casada con el socio que tiene un 25 y es administrador, ella con 0 % de participaciones y ella sin direccion ni gerencia , si todo esto es asi , pues un regimen general normal, pero eso si al ser familiar maxima cautela y pagarla y darle el mismo tratamiento que un trabajador normal, pago de nomina a la vez que todos, registros igual que todos y todo igual que todos.....
Creo que seguimos sin entendernos jajaja.

Con el punto 3, me refería al comentario de Tony de ''Si solo tiene el 25%, la mujer al RG, creo que te estas liando un poco y da igual que sea el administrador que el alcalde del pueblo, no tiene el control efectivo con solo el 25%'' Ya que entiendo que con el 25% si tiene control efectivo, ya que es administrador.

Teniendo claro el punto de:1) Socio con 25% + administrador SI posee control efectivo de la sociedad. 2)Cónyuge que presta servicios y hay convivencia 0% de participaciones sociales.

Es donde entra esta captura que es la que me hace dudar.
 

Archivos adjuntos

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toni

Miembro conocido
Da igual Marios1, que sea administrador con el 25% no le da ningun poder...

Preguinto, que pasa con el 75% restante?
 

Marios1

Miembro
Pues el padre es el puto amo de la sociedad...
Claro, el caso es que el padre tiene el 75, y al jubilarse pasa a ser administrador el hijo, que tiene el 25, la mujer ahora mismo está encuadrada en RG pero mi duda era si al pasar el hijo a ser administrador le crea a ella la obligación a estar en reta.
 

Marios1

Miembro
A ver si con esto lo ves mas claro:

Ver el archivos adjunto 4142
Vale, creo que ahora sí que me queda más que claro.

La captura que yo he pasado dice que el cónyuge del autónomo con control efectivo tiene que ser RETA, pero en una sociedad no puede haber dos personas con control efectivo, en este el caso, al tener el padre el 75% , sigue siendo el el que tiene el control efectivo.

Muchas gracias a todos de nuevo.

Un saludo
 

RGG1980

Miembro activo
y ojo a pagar las nominas realmente, y donde estan empadronados y donde viven cara a terceros, que despues hay sustos
 
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