javierag17
Nuevo miembro
Hola a tod@s, me surge una duda con respecto a la situación que a continuación os comento y os agradecería si me pudierais dar vuestras opiniones al respecto.
En Castilla y León, está suspendida la actividad de restauración desde el día 6 de noviembre (Se permite servir a domicilio o para llevar)
El caso es que tengo una cafetería con dos trabajadoras, que decide no abrir y solicitar un ERTE de impedimento para la suspensión del contrato de las dos . (La autoridad laboral resuelve favorablemente).
Ahora debido al desarrollo de la situación, decide que va a abrir para servir cafés para llevar y reincorpora a una trabajadora.
Mi duda es la siguiente:
¿Veis bien seguir aplicándonos la bonificación del 100 % para la trabajadora que sigue en ERTE o por el contrario debería renunciar al ERTE y solicitar uno nuevo de limitación?
Otra opción que se me ocurre, es presentar declaración responsable de impedimento hasta la incorporación de la trabajadora y posteriormente una de limitación.
Muchas gracias!!
En Castilla y León, está suspendida la actividad de restauración desde el día 6 de noviembre (Se permite servir a domicilio o para llevar)
El caso es que tengo una cafetería con dos trabajadoras, que decide no abrir y solicitar un ERTE de impedimento para la suspensión del contrato de las dos . (La autoridad laboral resuelve favorablemente).
Ahora debido al desarrollo de la situación, decide que va a abrir para servir cafés para llevar y reincorpora a una trabajadora.
Mi duda es la siguiente:
¿Veis bien seguir aplicándonos la bonificación del 100 % para la trabajadora que sigue en ERTE o por el contrario debería renunciar al ERTE y solicitar uno nuevo de limitación?
Otra opción que se me ocurre, es presentar declaración responsable de impedimento hasta la incorporación de la trabajadora y posteriormente una de limitación.
Muchas gracias!!