DUDA EXISTENCIAL

elchuske

Miembro conocido
Tengo una comunidad de bienes ( de mi familia que se podian haber ido a otro sitio ) y me surge una duda. Los comuneros se han pillado un sueldo, Ahora que viene el trimestre. Ese sueldo donde lo declaro porque si lo pongo en el 111 tengo que hacer el 190 y si lo pongo en el 184 esto se va a duplicar.
Los pagos a cuenta donde coño se hacen. O no se hacen.
 

MarLo

Miembro conocido
Tengo una comunidad de bienes ( de mi familia que se podian haber ido a otro sitio ) y me surge una duda. Los comuneros se han pillado un sueldo, Ahora que viene el trimestre. Ese sueldo donde lo declaro porque si lo pongo en el 111 tengo que hacer el 190 y si lo pongo en el 184 esto se va a duplicar.
Los pagos a cuenta donde coño se hacen. O no se hacen.
 

elchuske

Miembro conocido
Pos no me he enterado de nada. Hoy no es mi dia.
Los comuneros se llevan una cantidad a cuenta de los posibles beneficios, No constituye un salario propiamente dicho. Puede ser que algunos meses o no cobren o tengan que devolver dinero,
No voy a presentar el 111 y a final de año le hago el 184 que creo que es ese y que paguen lo que corresponda.
 

Elena-Z

Miembro activo
Si es una CB tributa como entidad en atribución de rentas. Osea, se lleven el dinero a casa o lo dejen en la cuenta de la CB van a tributar lo mismo.
No hagas md 111 ni 190 porque efectivamente les vas a hacer tributar dos veces por lo mismo.
 

elchuske

Miembro conocido
PASO DEL 130 PORQUE PARA ESO HAY QUE DARLES DE ALTA A TODOS LOS COMUNEROS. QUE SI SON 2000 YA ME DIRAS.
EL 184 Y CON ESO SE ACABO. O ESO PIENSO
 

elchuske

Miembro conocido
es una comunidad que se dedica a la confeccion de prendas para firmas de 200 euros una blusita. Son 4 y tiene un local alquilado como taller de confeccion. No esta abierto al publico.
 

Cachilipox

Miembro conocido
es una comunidad que se dedica a la confeccion de prendas para firmas de 200 euros una blusita. Son 4 y tiene un local alquilado como taller de confeccion. No esta abierto al publico.
Eso no parece una mera administración del patrimonio, sino el desarrollo de una verdadera actividad mercantil.

Que la forma de la empresa sea una mera CB y no la habitual SL, es como un poco arcaico. Puede ser funcional y tradicional, pero como que no parece lo más apropiado.
 

elchuske

Miembro conocido
es una actividad mercantil.
y es una cb porque asi lo han querido. Son 4 mujeres que se unen en una actividad comun para trabajar y como no estan seguras si esto va a salir bien hacen un CB para cerrarla llegado el caso sin mas problemas.
Ademas una CB tiene muchisimos menos problemas que una sl ( cuentas anuales p.e) y para ellas es mas sencillo y menos costoso.
No tienen asignado sueldo alguno en los estatutos que estan pasados por hacienda. Asi que lo que se lleven sera a cuenta de los posibles beneficios si los hubiere.
Dicho esto y me la juego no voy a presentar 111 y a final de año el 184 les pongo lo que se han llevado y que hagan su declaracion . Si quieren.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Me parece perfecto lo que hayan decidido.
No entiendo eso que comentaste que no había modelo 130.
Salvo que desarrollen actividades profesionales sujetas a retención (que no parece el caso), los modelos de pagos a cuenta son como bastante obligatorios.
 

elchuske

Miembro conocido
lo del modelo 130 es el que me esta rayando. Porque se presentara a nombre de los comuneros por lo que ellos presentaran en su renta una actividad y luego la comunidad de bienes tendra que presentar el modelo 184 de atribucion de rentas. Y eso lo duplica todo
 

elchuske

Miembro conocido
Y si presentan un 130 tambien tendran que declarar un 303 , pero eso ya lo hace la comunidad de bienes
que lio
 

Cachilipox

Miembro conocido
No veo lo de la duplicidad que dices.

En el alta censal individual de cada uno de los comuneros, cuando se señala lo de la obligación de efectuar pagos a cuenta, hay dos casilla diferentes, una para señalar que es por realización de actividades propias, y otra para señalar que es por realización de actividades mediante una entidad en atribución de rentas (que es el caso).

Luego, la entidad declara informativamente unas rentas totales atribuidas, modelo 184, y cada comunero declara en su caso las rentas atribuidas en su propio IRPF personal. Y claro, añade los pagos a cuenta realizados.

Las rentas totales informadas por el modelo 184, y que debieran ser las mismas que las tenidas en cuenta en la suma total de modelos 130 de cada comunero, deberán coincidir con las rentas totales declaradas finalmente por cada comunero en su IRPF anual.

Lo del 130 intermedio no es duplicidad alguna, sino simple mecanismo para efectuar los pagos a cuenta, y en el caso, un cierto control de calidad.

Piensa que mediante el 184 no pagas ni repartes nada, tan solo informas de unas rentas totales. Los cobros efectivos y/o rentas atribuidas, y los pagos a cuenta efectivos, deben ir por un modelo de autoliquidación (el modelo 130, y/o el modelo 100).
 

Elena-Z

Miembro activo
A ver, yo estas CB no las he visto claras jamás, para mí son SC que tienen que presentar ISOC. ¿Qué bien tienen en común? NInguno.

Pero bueno, dando por bueno que puedan ser una CB...

La CB presenta IVA y MD 184, que no deja de ser una informativa.
Y las socias presentan su MD 130 cada una por su %.

Luego en renta cada una declarará como imputación de entidad en atribución de rentas lo que les corresponda de la CB, y deducirán como pago fraccionado el MD 130.

Como hacían antes las SC, vaya.

Pero sueldo, en absoluto. Y desde luego lo que se llevan a casa no es un gasto deducible en la CB. No son una SL, como bien dices. Son una CB (en mi opinión, SC).
 

elchuske

Miembro conocido
A ver, yo estas CB no las he visto claras jamás, para mí son SC que tienen que presentar ISOC. ¿Qué bien tienen en común? NInguno.

Pero bueno, dando por bueno que puedan ser una CB...

La CB presenta IVA y MD 184, que no deja de ser una informativa.
Y las socias presentan su MD 130 cada una por su %.

Luego en renta cada una declarará como imputación de entidad en atribución de rentas lo que les corresponda de la CB, y deducirán como pago fraccionado el MD 130.

Como hacían antes las SC, vaya.

Pero sueldo, en absoluto. Y desde luego lo que se llevan a casa no es un gasto deducible en la CB. No son una SL, como bien dices. Son una CB (en mi opinión, SC).
amen , ya lo he pillado todo. Esto ya no se me escapa. Pero como aparezca alguna con mas de 4 socios los pongo en la calle.
 

Elena-Z

Miembro activo
No veo lo de la duplicidad que dices.

En el alta censal individual de cada uno de los comuneros, cuando se señala lo de la obligación de efectuar pagos a cuenta, hay dos casilla diferentes, una para señalar que es por realización de actividades propias, y otra para señalar que es por realización de actividades mediante una entidad en atribución de rentas (que es el caso).

Luego, la entidad declara informativamente unas rentas totales atribuidas, modelo 184, y cada comunero declara en su caso las rentas atribuidas en su propio IRPF personal. Y claro, añade los pagos a cuenta realizados.

Las rentas totales informadas por el modelo 184, y que debieran ser las mismas que las tenidas en cuenta en la suma total de modelos 130 de cada comunero, deberán coincidir con las rentas totales declaradas finalmente por cada comunero en su IRPF anual.

Lo del 130 intermedio no es duplicidad alguna, sino simple mecanismo para efectuar los pagos a cuenta, y en el caso, un cierto control de calidad.

Piensa que mediante el 184 no pagas ni repartes nada, tan solo informas de unas rentas totales. Los cobros efectivos y/o rentas atribuidas, y los pagos a cuenta efectivos, deben ir por un modelo de autoliquidación (el modelo 130, y/o el modelo 100).
Ostras, disculpa, mi respuesta duplicó la tuya... no la ví cuando respondí... lo siento.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Aportas otra visión y matices diferentes.
Creo que la orientación a @elchuske queda mejor completada.
Y sí, si le aparece otra CB multicomunero con actividad económica, mejor que se lo quite.
Los papeleos y riesgos tributario-administrativos se multiplican, pero el volumen de negocio no (precisamente por ser volúmenes pequeños tiran por este tipo de entes), así que tampoco los puedes cargar con muchos honorarios...
 

elchuske

Miembro conocido
Es que es un familar y tres amigas. Que les vas a decir...... A la puñetera calle. Y si encima las cobras algo pues se ponen a llorar.
Hay negocios desastrosos. Este es uno , La CB. No se si para los comuneros tanto. Para mi un desastre
 

Elena-Z

Miembro activo
NO somos ONG, amigos. Y eso que yo esta campaña de renta le hice la renta gratis (renta más tres complementarias) a un familiar que me dijo que este año no podía pagarme porque iba muy mal de pasta, y que ya se la miraría de hacer con alguna app... y le dije... yo te la hago. Y lleva todo julio de viaje en viaje y tiro porque me toca. Yo me iré una semana y gracias.

Cara de imbécil se me ha quedado. Al año que viene, más.
 
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