DUDA FIN EXCEDENCIA

MarLo

Miembro conocido
Si, pero tenemos que estar controlando las fechas de reincorporación desde el despacho. La empresa se despreocupa y yo tal y cómo tengo el programa no me avisa de esto. Al final cada día uso más los calendarios de outlook para avisos extras.... además de excels, tablas dinamicas, listados a tutiplen..
😣 yo también, loco con los listados... mis listados... bajas médicas, embargados, excedencias, fijos discontinuos, trabajadores extranjeros fecha fin de permiso, tarifa planas para renovar segundo año... algunos me dejo atrás. Proximamente, autónomos que renuncian a devolución de cuotas
 

toni

Miembro conocido
Si tengo que ir detras del trabajador, localizarlo y preguntarle si vuelve, apaño estoy... Ya respirara si quiere...
 

MarLo

Miembro conocido
Si tengo que ir detras del trabajador, localizarlo y preguntarle si vuelve, apaño estoy... Ya respirara si quiere...
No se trata de ir detrás del trabajador, hombre, lo sabes de sobra :) se trata de llamar a la empresa unos días antes y comunicarle/recordarle un plazo que le afecta, y saber si hay que tramitar alta, reincorporación, baja de sustituto etc...
 

toni

Miembro conocido
Pues mis clientes ya te digo yo que la mayoria no se acuerdan del excedente y los que se acuerdan estan deseando que no vuelva...
 

SHGOROEL

Miembro conocido
La última... recupero Resolución del CASIA: (me han tenido que tramitar el alta y la baja ellos, porque han pasado los 60 días) me ponen alta y baja el día 10 por interpretación de ellos a la vista de la documentación que me han pedido, cuando en el SEPE se quedó del día 9... En fín, me quedo esperando a ver si aparece el trabajador por la puerta de nuevo... o_O
 

toni

Miembro conocido
Es que de verdad, no os lo tomeis a mal, pero estar pendiente de si un trabajador va a volver, no es mi trabajo y como digo arriba, cuando un trabajador se va, les importa un comino si vuelve o no.
 

toni

Miembro conocido
LLevo un ratito pensando cuantos excedentes tengo y a parte de mi excompañera creo que tendre 2 o 3, no mas... Y si te digo la verdad, no se quien son...:ROFLMAO:
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Buenas tardes compis, en el caso de que una trabajadora que pidió una excedencia voluntaria en octubre para 10 meses (terminaría en agosto) pero ya tiene claro que no va a volver porque está trabajando en otro sitio, es posible hacer una carta de baja voluntaria para finar la relación totalmente? Es que la empleadora le viene bien "quitársela" de encima porque tiene mucha antigüedad. Gracias de antemano como siempre.
Aunque no estoy al día (bueno, me suena de lo comentado por aquí, pero como no me ocupo, al menos directamente de estos trámites...) sobre las novedades (no tan nuevas, pero es que repito, llevo años desconectado de esto) sobre los trámites en filiación en casos de excedencias voluntarias (códigos de inactividad y, especialmente para el caso de no reincorporación) y yo siempre he sido de los que dejaban que transcurriera el tiempo, eso sí controlando fechas de vencimiento, pero para nada alertando por propia iniciativa al trabajador en excedencia que le vencía el plazo (que, siempre lo he dicho, depende de cada empleado, pero las excedencias para mí son como un grano en salva sea la parte, por tanto, a quien se le pase el plazo, mala suerte!), si la excedencia vence en agosto, ¿por qué quieres ir ya moviendo el tema? ¿tienes la seguridad de que el trabajador en excedencia te va a firmar la baja voluntaria? (repito, el mero hecho de que no solicite la reincorporación en plazo implica el fin de la excedencia y olvidarte del tema, y no me preocupa si le he de hacer una carta un año más tarde o cuando sea porque se lo pida el SEPE, pero no tiento la suerte). Tal vez conoces bien su caso y a la persona, pero igual le genera suspicacias que unos meses antes precisamente la empresa le este sugiriendo que firme ya una carta renunciando a su reincorporación (¿estás pensando en que deje ya sin efecto la excedencia o que adelante ya y de forma expresa su no reincorporación?). ¿Qué interés puede tener el trabajador en hacer esa renuncia anticipada a su expectativa de derecho? Partes de la base de que no le va a interesar reincorporarse porque está ya trabajando... en las excedencias voluntarias que yo conozco en la inmensa mayoría son precisamente para trabajar en otro sitio. Son, en realidad, una baja voluntaria pero con un "por si acaso" (si la cosa no me va mal, tengo una expectativa de poder volver a mi antigua empresa (y como eso no depende de que justo haya vacante adecuada justo cuando yo solicite la reincorporación, pero sí de que la solicite en plazo).
En fin, como digo, nosotros sí que llevamos un control de los vencimientos, y los tenemos en cuenta, pero no para avisar a los excedentes, eso es ya responsabilidad de ellos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No se trata de ir detrás del trabajador, hombre, lo sabes de sobra :) se trata de llamar a la empresa unos días antes y comunicarle/recordarle un plazo que le afecta, y saber si hay que tramitar alta, reincorporación, baja de sustituto etc...
Claro, avisas al cliente, no necesariamente al trabajador en excedencia. Ellos sabrán si les interesa la reincorporación y, si es el caso, avisar al trabajador, imagino.
Lo encuentro lógico que quieran tener el tema controlado (aunque sea por el alivio que en algunos casos puede suponer confirmar que, si no dice nada antes de tal fecha, y sin ponerle en sobreaviso, claro, se olvidan definitivamente de alguno).
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero de verdad os preocupais por saber si vuelve o no? Lo apuntais en la agenda? Lo pregunto por curiosidad... Solo he tenido un caso y como dije en el post que recupero Marlo con un escrito me valio...
Como ya he dicho, nosotros sí que llevamos un control, porque claro que nos preocupa a partir de qué momento nos liberamos de ciertas hipotecas. Además, entre otras cosas, hay situaciones durante la vigencia de la excedencia, en las que debes tener en cuenta a los ex-trabajadores con excedencias vigentes (voluntarias incluidas), por ej en el caso de subrogaciones, ya que les informamos de las misma (que su excedencia pasa a ser respecto a tal empresa...).
Pero no para avisarles a ellos, claro. Controlado pero bien calladitos y expectantes.
 

MarLo

Miembro conocido
Aunque no estoy al día (bueno, me suena de lo comentado por aquí, pero como no me ocupo, al menos directamente de estos trámites...) sobre las novedades (no tan nuevas, pero es que repito, llevo años desconectado de esto) sobre los trámites en filiación en casos de excedencias voluntarias (códigos de inactividad y, especialmente para el caso de no reincorporación) y yo siempre he sido de los que dejaban que transcurriera el tiempo, eso sí controlando fechas de vencimiento, pero para nada alertando por propia iniciativa al trabajador en excedencia que le vencía el plazo (que, siempre lo he dicho, depende de cada empleado, pero las excedencias para mí son como un grano en salva sea la parte, por tanto, a quien se le pase el plazo, mala suerte!), si la excedencia vence en agosto, ¿por qué quieres ir ya moviendo el tema? ¿tienes la seguridad de que el trabajador en excedencia te va a firmar la baja voluntaria? (repito, el mero hecho de que no solicite la reincorporación en plazo implica el fin de la excedencia y olvidarte del tema, y no me preocupa si le he de hacer una carta un año más tarde o cuando sea porque se lo pida el SEPE, pero no tiento la suerte). Tal vez conoces bien su caso y a la persona, pero igual le genera suspicacias que unos meses antes precisamente la empresa le este sugiriendo que firme ya una carta renunciando a su reincorporación (¿estás pensando en que deje ya sin efecto la excedencia o que adelante ya y de forma expresa su no reincorporación?). ¿Qué interés puede tener el trabajador en hacer esa renuncia anticipada a su expectativa de derecho? Partes de la base de que no le va a interesar reincorporarse porque está ya trabajando... en las excedencias voluntarias que yo conozco en la inmensa mayoría son precisamente para trabajar en otro sitio. Son, en realidad, una baja voluntaria pero con un "por si acaso" (si la cosa no me va mal, tengo una expectativa de poder volver a mi antigua empresa (y como eso no depende de que justo haya vacante adecuada justo cuando yo solicite la reincorporación, pero sí de que la solicite en plazo).
En fin, como digo, nosotros sí que llevamos un control de los vencimientos, y los tenemos en cuenta, pero no para avisar a los excedentes, eso es ya responsabilidad de ellos.
Conforme con casi todo. Respecto a lo de no hacer nada en caso de no reincorporación, cada uno tiene su forma de actuar, por mi parte, valorando trabajo/retorno de problemas: cuando un trabajador no se incorpora, hacer alta, baja y casia no lleva mucho tiempo... en caso contrario (y en uno pocos comentarios llevamos tres casos del sepe dando problemas), das con la oficina del sepe de SHGOROEL y te comes medio día intentando arreglar el paro de un trabajador, que es una situación bastante violenta cuando el trabajador no entiende por donde vienen los palos. Y aún por encima (como también nos cuenta SHGOROEL) peleando con las fechas, que si TGSS dice el día 9, que si el sepe dice el día 10...
 
Última edición:

Nando_bcn

Miembro conocido
Conforme con casi todo. Respecto a lo de no hacer nada en caso de no reincorporación, cada uno tiene su forma de actuar, por mi parte, valorando trabajo/retorno de problemas: cuando un trabajador no se incorpora, hacer alta, baja y casia no lleva mucho tiempo... en caso contrario (y en uno pocos comentarios llevamos tres casos del sepe dando problemas), das con la oficina del sepe de SHGOROEL y te comes medio día intentando arreglar el paro de un trabajador, que es una situación bastante violenta cuando el trabajador no entiende por donde vienen los palos. Y aún por encima (como también nos cuenta SHGOROEL) peleando con las fechas, que si TGSS dice el día 9, que si el sepe dice el día 10...
Ya he dicho que no estoy al día de estos trámites en filiación, recuerdo que nosotros no hacíamos nada en estos casos, imagino que ahora, quien se ocupa de ello, lo hace y en la línea que apuntas (lo que si me consta es que llevamos un control de los vencimientos de las excedencias y por los motivos que ya he apuntado, pero hay que tener en cuenta que yo no hablo de clientes, hablo directamente desde la propia empresa).
Pero a lo que me refería es que no hacemos nada en el sentido de mover ficha para alertar al trabajador del fin de su excedencia. No sé si para realizar todos esos trámites que indicas (pregunto) se debe disponer expresamente de la comunicación de renuncia o no reincorporación del trabajador en excedencia o si puede hacerlo igualmente una vez llegada la fecha de vencimiento y sin tener noticias de ningún tipo del trabajador.
 

MarLo

Miembro conocido
Ya he dicho que no estoy al día de estos trámites en filiación, recuerdo que nosotros no hacíamos nada en estos casos, imagino que ahora, quien se ocupa de ello, lo hace y en la línea que apuntas (lo que si me consta es que llevamos un control de los vencimientos de las excedencias y por los motivos que ya he apuntado, pero hay que tener en cuenta que yo no hablo de clientes, hablo directamente desde la propia empresa).
Pero a lo que me refería es que no hacemos nada en el sentido de mover ficha para alertar al trabajador del fin de su excedencia. No sé si para realizar todos esos trámites que indicas (pregunto) se debe disponer expresamente de la comunicación de renuncia o no reincorporación del trabajador en excedencia o si puede hacerlo igualmente una vez llegada la fecha de vencimiento y sin tener noticias de ningún tipo del trabajador.
las que he hecho hasta ahora con notificación de renuncia del trabajador (en un caso por correo electrónico). Como se me están acumulando (consecuencia de que cada vez se solicitan más porque hay más contratos indefinidos y menos fines de contrato temporales) tendré ocasión de intentar el trámite sólo con la carta de solicitud de la excedencia y la fecha sobrepasada. Cuando me piden a mi que prepare el escrito de solicitud de excedencia, ya estoy añadiendo el efecto de la renuncia por no reincorporación en plazo
 
Última edición:

VOS64

Miembro activo
He caído en este hilo y os quería plantear una pregunta.
Tengo un trabajador que estuvo en excedencia durante 6 meses entre finales de 2022 y comienzos de 2023. Se reincorporó en mayo del 23.
Le di de baja en el SEPE con motivo excedencia a finales del 22. Pero cuando se reincorporó solo le di de alta en la Seguridad Social pero no hice nada en el SEPE.
En este año desde su reincorporación ha sido padre y ha consumido y cobrado la baja por paternidad pero, ¿creéis que debí hacer algo en el SEPE cuando se reincorporó? El SEPE me contestó lo siguiente:

"Cuando un contrato se suspende por excedencia, maternidad, suspensión de empleo y sueldo, acuerdo entre las partes...cuando el trabajador vuelve a la actividad, no tienen que comunicar un nuevo contrato, sigue vigente el que había.
Por otro lado, tampoco tienen que comunicar al Servicio Público de Empleo ni la suspensión ni la reincorporación"

Según esto, entiendo que incluso, no debí dar de baja al trabajador en el SEPE cuando cogió la excedencia.
 

SEYCAR

Nuevo miembro
Casualmente he tenido un caso de renuncia de excedencia hoy mismo.

Diferenciaría entre excedencias voluntarias que han vencido, en las que de entrada no hago nada y en el caso de que el trabajador necesite hacer alguna gestión de desempleo o similar, deberá pedir a la empresa un certificado indicando que el periodo de la excedencia ha finalizado y por tanto ha perdido su derecho a retornar.

Y, el caso que me ha llevado hoy, que es un trabajador que iba a estar de excedencia 5 años y cuando va por el segundo necesita poder cobrar desempleo cuando finalice dentro de unos meses su relación laboral en un nuevo trabajo que tiene en otra empresa. Le he pedido al extrabajador que nos pida por escrito su renuncia a continuar con la excedencia voluntaria. Para poder cambiar en la seguridad social el código 63, que indicamos en su momento para darle de baja en la seguridad social, CASSIA me dice que tengo que generar un movimiento de alta y baja del día de la renuncia (hoy) y luego remitirles el caso para que cambien la situación a Z y así no cotizar ese día. Con esto cambian la situación de la baja y tema resuelto.
 
Arriba