Duda muy urgente modelo 190 dietas

kholinar

Nuevo miembro
Buenos días,

Tengo una duda bastante urgente respecto a las dietas en el modelo 190, os comento:

Tengo un trabajador que percibe dietas. Puse en su día las dietas con clave L, poniendo en percepción íntegra el total de las dietas del trabajador.

La cuestión viene ahora, porque por otro lado puse al trabajador con clave A, y en percepción íntegra sumé también las dietas, porque entendí que percepción íntegra era el bruto del trabajador, antes de que viniera la SS y el IRPF. Pero no he aplicado retención a las dietas, porque están exentas.

Entonces, sacando los certificados de IRPF de los trabajadores, a este trabajador con dietas, en "Importe íntegro satisfecho" aparecen las dietas, y luego las dietas más abajo también están, en el apartado de "Dietas y asignaciones para gastos de viaje, en las cuantías exceptuadas de gravamen del IRPF"

¿He hecho bien sumando las dietas en percepción íntegra en el modelo 190? ¿O no tendría que haberlas incluido y ahora me toca modificarlo para que el trabajador cuando haga la declaración de la renta lo tenga todo correcto?

Gracias, es muy urgente...
 

Cachilipox

Miembro conocido
Las has declarado 2 veces, en clave A como rendimiento íntegro, y en clave L como renta exenta.
O van a un sitio, o van a otro.
Toca rectificar.
 

DANI ML

Miembro conocido
Sin duda alguna has de modificar el 190. Por suerte has caído ahora, que aun no están colgados los datos fiscales, ni se puede hacer la renta, etc. Lo más probable es que llega una sanción que con reducciones quedará en 90 €, pero hay que rectificarlo.
 

DANI ML

Miembro conocido
No suelen sancionar por modificar un dato de este tipo.
Uf hace unos años era así, cuando no se presentaba una sustitutiva, sino que te metías "dentro" de la declaración y modificabas datos.
Ahora "entras" casi igual, pero "sales" diferente. Modificas, y el resultado es una declaración sustitutiva, con su fecha de presentación y todo.
Una empresa de la que llevo las nóminas pero que ellos se hacen el 111 y 190, recibió sanción por modificar el dato de los hijos.
 

anuskillas

Miembro conocido
vaya si no sancionan. Yo llevo 2 años consecutivos con sanción por cambiar los importes de un perceptor, imagínate este caso que tienes que cambiar 2.
 

Niema

Miembro activo
Uf hace unos años era así, cuando no se presentaba una sustitutiva, sino que te metías "dentro" de la declaración y modificabas datos.
Ahora "entras" casi igual, pero "sales" diferente. Modificas, y el resultado es una declaración sustitutiva, con su fecha de presentación y todo.
Una empresa de la que llevo las nóminas pero que ellos se hacen el 111 y 190, recibió sanción por modificar el dato de los hijos.
Una duda si no se ha informado de un nuevo hijo y se ha declarado que el trabajador tiene dos en vez de tres, y no se cambia, pasa algo?
El trabajador a regularizar su renta pondrá que tiene 3 y le saldrá a devolver entiendo no?
 

DANI ML

Miembro conocido
Una duda si no se ha informado de un nuevo hijo y se ha declarado que el trabajador tiene dos en vez de tres, y no se cambia, pasa algo?
El trabajador a regularizar su renta pondrá que tiene 3 y le saldrá a devolver entiendo no?
No veo absolutamente ningún problema en ello
 

DANI ML

Miembro conocido
vaya si no sancionan. Yo llevo 2 años consecutivos con sanción por cambiar los importes de un perceptor, imagínate este caso que tienes que cambiar 2.
Bueno en realidad la sanción será la misma. Hay un mínimo de sanción en el que da lo mismo 1 que.... no sé exactamente cuantos
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo presenté un modelo 190 sustitutivo el año pasado del ejercicio 2021 el 6 de abril y no me llegó nada. Cruzo los dedos pero creo que ya me tendrían que haber sancionado y no llego nada.
Me dijeron en hacienda que si modificas datos económicos y los perceptores son los mismo el programa "no canta" pero si lo que haces en eliminar o introducir nuevos perceptores entonces si.
 

Bruma

Miembro activo
Creo que el que sancionen o no depende de que rellenes el modelo en línea o lo hagas mediante fichero. Si es en línea simplemente queda el dato modificado, pero si es con fichero, se genera una sustitutiva, y ahí sí que hay sanción por presentación extemporánea. Eso nos hicieron saber los de la Aeat en una charleta en mi Colegio.

Como Pedro, yo también he presentado modificaciones y tampoco he tenido noticias hasta la fecha.
 

DANI ML

Miembro conocido
Creo que el que sancionen o no depende de que rellenes el modelo en línea o lo hagas mediante fichero. Si es en línea simplemente queda el dato modificado, pero si es con fichero, se genera una sustitutiva, y ahí sí que hay sanción por presentación extemporánea. Eso nos hicieron saber los de la Aeat en una charleta en mi Colegio.

Como Pedro, yo también he presentado modificaciones y tampoco he tenido noticias hasta la fecha.
Es que desde hace dos o tres años, aunque rectifiques el modelo en línea, se gestiona como una sustitutiva. O para ser exactos, el sistema da de baja la presentación anterior y genera nueva presentación con todos los datos correctos. Cuando se anunció este cambio, yo pensé: se acabó el rollo de las rectificaciones fuera de plazo sin sanción. Y por lo que he podido ver en estos años, así es
 

VILA100

Miembro conocido
Es que desde hace dos o tres años, aunque rectifiques el modelo en línea, se gestiona como una sustitutiva. O para ser exactos, el sistema da de baja la presentación anterior y genera nueva presentación con todos los datos correctos. Cuando se anunció este cambio, yo pensé: se acabó el rollo de las rectificaciones fuera de plazo sin sanción. Y por lo que he podido ver en estos años, así es
Así lo veo yo (y sufrido)
salu2
 
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