Entiendo que es una reducción de jornada por guarda legal.
Si es así, piensa que si no es procedente, es nulo, por lo que, una de dos:
- intentas asegurar conseguir la procedencia del despido, algo que es todo un reto incluso en casos muy evidentes (y en este sentido, piensa que se trata de un despido disciplinario, por lo que ese bajo rendimiento deberás evidenciar que se debe no a una falta de capacidad del trabajador sino que, pudiendo hacer bien su trabajo, en tiempo y forma, porque tiene la capacidad y los medios para ello, no le da la gana hacerlo y, además, se trata de una actitud prolongada en el tiempo.
- le ofreces una cantidad de dinero (en principio, por encima de la indemnización legal, pero el precio, de si un poco por encima o escandalosamente por encima, lo fija él) que al trabajador la acabe pareciendo atractivo el despido.
En fin, que en casos de reducción por guarda legal... o haces algo muy, muy gordo, que pueda acreditarse y que sea así de gordo y claro a ojos del juez o ... muuuuy arriesgado (y como te lo declaren nulo, además de coste, imagen etc te lo comes con patatas de por vida)