DUDA SOBRE ABRIR CENTRO DE TRABAJO

isaaa

Miembro
Buenos días:
Tengo una empresa domiciliada en Pais Vasco que va a contratar un mecánico, que vive en Madrid y que va a trabajar para esa empresa en la Zona Centro. pero en Madrid no tienen oficina ni delegación ni nada, sería solo éste trabajador quien se trasladase a empresas clientes a trabajar desde su casa.

Con contratarlo directamente en la empresa sería suficiente o bien tendría que abrir un centro de trabajo, inexistente.... Lo digo porque no sé si tendríaa que pedir un nuevo CCC para esta persona.

Alquien puede ayudarme?
Gracias
 

JAVIER_R

Miembro activo
Si la prestación de sus servicios no va a ser muy larga en el tiempo, un mes o así, no hace falta ni apertura de centro de trabajo ni nuevo CCC
 

fundación

Miembro conocido
Tal vez si le asigna a su centro de trabajo actual y marca la casilla de "trabajo a distancia" en el contrato. Si exclusivamente va a ir a empresas cliente estaría el tema de dietas y desplazamientos, y la coordinación de actividades en RRLL.
 

isaaa

Miembro
Tal vez si le asigna a su centro de trabajo actual y marca la casilla de "trabajo a distancia" en el contrato. Si exclusivamente va a ir a empresas cliente estaría el tema de dietas y desplazamientos, y la coordinación de actividades en RRLL.
Gracias, la actividad va a ser indefinida. Y sí, haré lo que me indicas de trabajo a distancia, porque lo de nuevo centro de trabajo...no lo veo.
Las dietas y demás están ya pactadas. Me quedo tranquila, lo evs correcto?, que eres muy experto ;) Gracias
 

fundación

Miembro conocido
En esas circunstancias parece la opción necesaria, al no existir centro de trabajo en Madrid.

Los expertos son otros, aquí hay gente muy válida que no soy yo. No doy nombres pero se ven.
 

PEDRO

Miembro conocido
Aprovecho el tema para preguntaros.
Tengo unos clientes en autónomos en un centro de trabajo donde antes estaban contratados en régimen general, vamos que el anterior empresario dejó el negocio y quedaron ellos con él. Resulta que ahora van a contratar por un día a un trabajador para hacer una extra ¿tengo que comunicar la apertura del centro de trabajo? Porque en algún lugar leí o escuché que una vez se comunica la apertura de un centro de trabajo aunque cambie el titular no es necesario volver a comunicarlo salvo que como dispone la orden que lo regula suponga "la apertura, instalación, traslado y ampliación de centros de trabajo, así como la reanudación de la actividad después de alteraciones, ampliaciones o transformaciones importantes", que no es es el caso, porque cafetería era u cafetería sigue nada ha cambiado solo que ahora la llevan ellos y la apertura como tal la presentó el anterior empresario. ¿Alguien sabe algo al respecto?.
Gracias.
 

toni

Miembro conocido
Yo en estos casos lo que hago es marcar la opcion de que el centro ya existe pero cambia el titular del centro.
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo en estos casos lo que hago es marcar la opcion de que el centro ya existe pero cambia el titular del centro.
Jolín es que me "duele" tener que cobrarle al cliente por este trabajo por comunicar una apertura para un trabajador que va a venir un solo día para sustituir a uno de los autónomos que tiene que ir al hospital para unas pruebas.
Es que esto es una m..., con perdón, porque le comenté que tenía que hacer la prevención de riesgos y el seguro de convenio, y como es obvio no lo va hacer, con tanta norma solo es cobrar y cobrar. Espero que no pase nada.
Estoy pensando no hacerle la apertura, pues hay que marcar si tiene prevención y lo que no voy hacer es llamar a la puerta de la inspección indicando que no la tiene y tampoco voy a mentir indicando que si.
Cada día vamos a peor suerte que te falta poco para jubilarte, te envidio.
 

toni

Miembro conocido
Poco? Aun me faltan 5 años (3 para la anticipada) que se me van a hacer eternos!!!!!

Coincido en todo lo que dices, menos el cobrarle jajajajaja. Aqui en Valencia es lo que marca la Generalitat, no se si en otros sitios funciona igual, pero claro, al poco tiempo de hacer la apertura nueva recibes una carta de la GVA diciendo que tienes que hacer la PRL y claro, por un trabajador que vas a dar de alta un dia como que no..
 

PEDRO

Miembro conocido
Cinco años no son nada, ya ves con la pandemia y hace 3 estábamos encerrados.
Y si, no voy hacer la apertura, hace años que tengo inspecciones y salvo construcción nadie la pide, y si me dan guerra la peleo, pues ya se presentó con el anterior empresario y no ha habido cambios. La administración no puede exigirme algo que ya tiene en su poder, y ahora que el T. Supremo ha confirmado este extremo de que si ellos tienen los papeles que no los vuelvan a pedir.
 
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