Dudas clave inactividad octubre

Argi

Miembro conocido
Hola,
Tengo dudas de qué hacer con las claves de inactividad de trabajadores provenientes de ertes de limitación que el 1/10 han sido reincorporados. La empresa no va a hacer declaración responsable en octubre y tampoco pedir prórroga del erte.

No sé si quitar toda clave de inactividad y listo o poner la clave correspondiente de reincorporación tras erte ( en este caso C9 ) que todavía no se pueden mecanizar por sistema Red.

Un saludo,
 

CHARO

Miembro conocido
Hola,
Tengo dudas de qué hacer con las claves de inactividad de trabajadores provenientes de ertes de limitación que el 1/10 han sido reincorporados. La empresa no va a hacer declaración responsable en octubre y tampoco pedir prórroga del erte.

No sé si quitar toda clave de inactividad y listo o poner la clave correspondiente de reincorporación tras erte ( en este caso C9 ) que todavía no se pueden mecanizar por sistema Red.

Un saludo,
Yo tengo pensado ponerles la C9 que también tengo alguna con la misma casuística., aunque sigo manteniendo la duda de si tendremos que entrar en toooooooooodosssssssss los trabajadores que en su momento estuvieron afectados y que les quedaron las letras de reincorporación. Espero y deseo que no haya que hacer nada.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Ídem, en octubre hare todo como hasta ahora, ya que no voy a renunciar explícitamente a los ertes y por tanto están prorrogados hasta el 31-10.
Esperemos que ahora que decaen automáticamente lo de borrar las inactividades antiguas que ya no pintan nada lo hagan de oficio, si no será un caos.
 

PEDRO

Miembro conocido
Entiendo que octubre procede como hasta ahora, si no mirar el boletín Red, páginas 3 y 4, que así lo determina.
 

CHARO

Miembro conocido
Lo habilitarán en la primera semana de noviembre, ya veréis. Yo acabo de hacer la consulta en CASIA a ver que me contestan.
 

PEDRO

Miembro conocido
Hice una consulta a CASIA esta mañana y esta fue su respuesta:

Título:ELIMINACIÓN INACTIVIDAD ERTES
Descripción:
El Real decreto ley 18/2021 en su artículo 1, ha establecido que a todos aquellos ERTEs a los no se solicitase su prórroga, se entenderán por finalizados con fecha del 1-11-2021. A resultas de lo mismo quería consultarles si tenemos que eliminar los códigos de actividad/inactividad con fecha del 1 de noviembre de todos los trabajadores que aun la mantienen, a pesar de encontrarse ya en activo, o no es necesario puesto que al no presentar la declaración responsable quedan ya eliminada.

Resolución del Caso
Aún no tenemos instrucciones al respecto. Cuando esté disponible la posibilidad de anotación de cualquier valor de CPC y TIPO DE INACTIVIDAD se informará a través de los cauces de información habituales.


¿Que hacemos? ¿podemos presentar los seguros sociales de octubre y luego hacer las variaciones? ¿Se podrá?
 

NOEMI

Miembro conocido
Si se reincorporan el 1 de noviembre si. Porque háganos lo que hagamos no afecta a la liquidación de octubre.en cualquier caso afectaría a la de noviembre .yo ya los he confirmado y todo
 
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