Hola buenos días.
Tengo una duda y me imagino que como yo todos aquellos que ahora mismo están en la misma situación tramitando una posible incapacidad en la Seguridad social después de haber oído el otro día a la señora Yolanda Diaz decir que se prohíbe el despido por el echo de que te concedan una incapacidad y encima podemos leer en diversas noticias que el tribunal de justicia europeo a dicho lo mismo al declarar esta norma contraria a la normativa Europea por tanto la pregunta seria:
¿Si mañana la seguridad social me concede una incapacidad se aplicaría esto que dice la Señora Yolanda o continuaríamos como hasta ahora y se extinguiría el contrato con la empresa (Se extinguiría el contrato o habría que realizar la adaptación del puesto de trabajo) ?
¿Qué interpretación le dais?
Gracias
Tengo una duda y me imagino que como yo todos aquellos que ahora mismo están en la misma situación tramitando una posible incapacidad en la Seguridad social después de haber oído el otro día a la señora Yolanda Diaz decir que se prohíbe el despido por el echo de que te concedan una incapacidad y encima podemos leer en diversas noticias que el tribunal de justicia europeo a dicho lo mismo al declarar esta norma contraria a la normativa Europea por tanto la pregunta seria:
¿Si mañana la seguridad social me concede una incapacidad se aplicaría esto que dice la Señora Yolanda o continuaríamos como hasta ahora y se extinguiría el contrato con la empresa (Se extinguiría el contrato o habría que realizar la adaptación del puesto de trabajo) ?
¿Qué interpretación le dais?
Gracias