Dudas RDL 18/2020

Saralaboral

Miembro activo
Perdonar, la Conferencia del Benavides sabéis donde está publicada? No la veo en el Colegio Graduados de Barcelona.
Gracias.
 

Fedayn

Miembro
FERNANDO dijo:
Aún no la han publicado.

La espero también. ¿Ya la ha hecho?

AL1978 dijo:
Fedayn dijo:
LABOR dijo:
yo creo que no;dice " de los periodos y porcentajes de jornada trabajados y...……. de los periodos y porcentajes de jornada afectados por la suspensión...…..

Precisamente por eso, Labor, porque dice sobre los periodos trabajados y suspendidos, respectivamente. No veo el sentido de hablar de "porcentajes de jornada afectados por la suspensión" en relación con la exoneración porque si solo se refiriera a los que están 100% en suspensión, pues no veo qué sentido tiene hablar entonces de porcentajes de jornada afectados por la suspensión. O eso o han querido rizar el rizo cuando podrían simplemente decir que los que estén en suspensión tendrán la exoneración del 60%, sin más. Además, de que con los que trabajan también habla del "porcentaje de jornada de trabajo". De ahí entiendo que si trabaja el 60% y el 40% sigue en ERTE, es posible interpretar que sobre la parte trabajada sea el 85% y sobre la no trabajada el 60%, aunque no me extrañaría que finalmente no fuera así.

art 4.2.a "Respecto de las personas trabajadoras que reinicien su actividad a partir de la fecha de efectos de la renuncia y de los periodos y porcentajes de jornada trabajados desde ese reinicio, la exención alcanzará el 85 % de la aportación empresarial devengada en mayo de 2020 y el 70 % de la aportación empresarial devengada en junio de 2020"

Yo creo que se refiere al 85% de los periodos y porcentajes trabajados y el 60% de los suspendidos en Mayo, claro

Efectivamente. Y el Boletin RED 11/2020 confirma que es así.

Saludos.
 

BLS

Nuevo miembro
Pues yo entiendo que todas las empresas que puedan reanudar la actividad estarán afectadas por el ERTE parcial y hasta el 30 junio. Por lo tanto todas se van a beneficiar de esas exoneraciones saquen 1 o todos los trabajadores. Esto que opináis desincentivaría la reanudación porque esa empresa entonces recuperará a su trabajador al 70% y ya está.
Pra mi irá en la línea de cese de actividad de los autónomos, que se dará hasta que finalice el estado de alarma trabajes o no.
[/quote]

Y no sacan a nadie aunque se entienda que debieran hacerlo, ¿Entiendes que les aplicaría el 60% o 45% de exoneración en mayo?
[/quote]

Después de leer el boletín RED, seguís entendiendo qué si no sacan a nadie se les aplica exención del 60 o 45 en mayo?
En los requisitos que enumera para aplicacion de las exenciones, yo entiendo que deben cumplir todos? Estoy equivocada? Ya es que todo me parece un galimatias......
 

Rapaz

Nuevo miembro
A ver, si legalmente no puedes abrir sigues con la exoneración al 100%, pero si puedes abrir, aunque sea parcialmente y con limitaciones pasas a la exoneración al 60% de todos los trabajadores aunque los mantengas suspendidos.

Esto de que en abril muchas empresas no hayan pagado seguros sociales se ve que ha dolido.
 

Argi

Miembro conocido
Lo que me queda claro:

1- Todas las empresas tendrán que realizar una declaración de responsabilidad por Sistema Red (todavía no operativa) por cada CCC en el que tengan trabajadores en Erte, independientemente si continua Erte total o Parcial

2- Hay que modificar la clave en TGSS sólo de aquellos trabajadores cuyo Erte pase a ser parcial.

3- En los ertes a tiempo parcial, aquellos trabajadores reincorporados en un porcentaje de su jornada (ya sea la original a tiempo completo  o a tiempo parcial)  tendrán a partir de su reincorporación una exoneración mayor por la jornada trabajada (85% en mayo)  y una exoneración menor (60% en mayo) por el periodo previo desde la declaración de responsabilidad hasta su reincorporación y por el porcentaje de jornada que digamos sigue "suspendida".

4- Aquellos que se hayan reincorporado del erte antes de la publicación del RD 18/2020 en mayo únicamente se bonificarán al 100% hasta su reincorporación.

Lo que no me queda claro:

1- ¿La declaración de responsabilidad sobre Erte total o parcial es decisión de la empresa? ¿Puede un negocio hacer una declaración de responsabilidad de erte total con fecha de inicio el 13 de mayo y fecha fin el 27 de mayo y el 28 de mayo cambiar y hacer una nueva declaración de responsabilidad a erte parcial?

2- ¿Quién controlará que tal bar haya podido abrir en fase 1 (terraza) y cuál en fase 2 (interior 30%)?

3- ¿Todas, todas las empresas tienen que comunicar a la AL la renuncia total en el plazo de 15 días  partir del día 13?. ¿Solo las que cambian a Erte parcial?

4- Sepe: (otro mundo). ¿hay que comunicar por un lado un nuevo excel de solicitud colectiva con los nuevos datos y a su vez otro excel comuncando reincorporación total  o parcial de los trabajadores?  ¿Los cambios de suspensión a reducción se comunican en alguno de los dos excel anteriores, en un tercer excel por definir....?
 

PEDRO

Miembro conocido
Argi dijo:
Lo que me queda claro:

1- Todas las empresas tendrán que realizar una declaración de responsabilidad por Sistema Red (todavía no operativa) por cada CCC en el que tengan trabajadores en Erte, independientemente si continua Erte total o Parcial

2- Hay que modificar la clave en TGSS sólo de aquellos trabajadores cuyo Erte pase a ser parcial.

3- En los ertes a tiempo parcial, aquellos trabajadores reincorporados en un porcentaje de su jornada (ya sea la original a tiempo completo  o a tiempo parcial)  tendrán a partir de su reincorporación una exoneración mayor por la jornada trabajada (85% en mayo)  y una exoneración menor (60% en mayo) por el periodo previo desde la declaración de responsabilidad hasta su reincorporación y por el porcentaje de jornada que digamos sigue "suspendida".

4- Aquellos que se hayan reincorporado del erte antes de la publicación del RD 18/2020 en mayo únicamente se bonificarán al 100% hasta su reincorporación.

Lo que no me queda claro:

1- ¿La declaración de responsabilidad sobre Erte total o parcial es decisión de la empresa? ¿Puede un negocio hacer una declaración de responsabilidad de erte total con fecha de inicio el 13 de mayo y fecha fin el 27 de mayo y el 28 de mayo cambiar y hacer una nueva declaración de responsabilidad a erte parcial?

2- ¿Quién controlará que tal bar haya podido abrir en fase 1 (terraza) y cuál en fase 2 (interior 30%)?

3- ¿Todas, todas las empresas tienen que comunicar a la AL la renuncia total en el plazo de 15 días  partir del día 13?. ¿Solo las que cambian a Erte parcial?

4- Sepe: (otro mundo). ¿hay que comunicar por un lado un nuevo excel de solicitud colectiva con los nuevos datos y a su vez otro excel comuncando reincorporación total  o parcial de los trabajadores?  ¿Los cambios de suspensión a reducción se comunican en alguno de los dos excel anteriores, en un tercer excel por definir....?

1. Respecto a tu primera duda yo he tenido la misma y he puesto una consulta a Red.
2. Eso solo Dios lo sabe.
3. Respecto a la Autoridad Laboral me parece que estamos en el mismo punto de hace una semana cuando todos nos haciamos esta pregunta cuando empezaron el 4 de mayo algunos  trabajar. El artículo habla de renuncia TOTAL por lo que los parciales no habría que hacer nada, y cuando digo parcial me refiero incluso a las empresas de un solo trabajador que lo rescatas, comunicas al SEPE previamente el fin la prestación y a trabajar.
4. Respeto al excel colectivo voy hacer uno y por lo que entiendo (despues ellos lo cambian todo) el los trabajadores que se incorporen por completo indicaré fin suspensión, solo para ese trabajador y a medida que vaya incorporando en dias sucesivos mas trabajadores ire presentando otra excel.
Respecto a los que lo hagan a tiempo tiempo parcial procederé a anotar fin suspensión y luego añadiré otra linea con ese mismo trabajador con fecha de inicio de su incorporación y el porcentaje de jornada para que no haya dudas.

 

Ferinho

Miembro activo
Argi,

con respecto a: Aquellos que se hayan reincorporado del erte antes de la publicación del RD 18/2020 en mayo únicamente se bonificarán al 100% hasta su reincorporación. He hablado antes con sistema red y esto no lo tienen claro, me remitieron a esperar a la semana que viene. En principio creen que podría ser que los reincorporados antes, por ejemplo día 11 inicio fase1, pueda acogerse desde el día 11, lo que si tienen claro es que en ese caso serían las empresas que tienen ERTE en vigor a día 13 de mayo  no finalizado.

y con respeto al SEPE, conseguí hablar con ellos mediante mail y me dicen que esperemos que se va a publicar entre hoy y mañana un nuevo procedimiento
 

AL1978

Miembro conocido
Argi dijo:
Lo que me queda claro:

1- Todas las empresas tendrán que realizar una declaración de responsabilidad por Sistema Red (todavía no operativa) por cada CCC en el que tengan trabajadores en Erte, independientemente si continua Erte total o Parcial

2- Hay que modificar la clave en TGSS sólo de aquellos trabajadores cuyo Erte pase a ser parcial.

3- En los ertes a tiempo parcial, aquellos trabajadores reincorporados en un porcentaje de su jornada (ya sea la original a tiempo completo  o a tiempo parcial)  tendrán a partir de su reincorporación una exoneración mayor por la jornada trabajada (85% en mayo)  y una exoneración menor (60% en mayo) por el periodo previo desde la declaración de responsabilidad hasta su reincorporación y por el porcentaje de jornada que digamos sigue "suspendida".

4- Aquellos que se hayan reincorporado del erte antes de la publicación del RD 18/2020 en mayo únicamente se bonificarán al 100% hasta su reincorporación.

Lo que no me queda claro:

1- ¿La declaración de responsabilidad sobre Erte total o parcial es decisión de la empresa? ¿Puede un negocio hacer una declaración de responsabilidad de erte total con fecha de inicio el 13 de mayo y fecha fin el 27 de mayo y el 28 de mayo cambiar y hacer una nueva declaración de responsabilidad a erte parcial?

2- ¿Quién controlará que tal bar haya podido abrir en fase 1 (terraza) y cuál en fase 2 (interior 30%)?

3- ¿Todas, todas las empresas tienen que comunicar a la AL la renuncia total en el plazo de 15 días  partir del día 13?. ¿Solo las que cambian a Erte parcial?

4- Sepe: (otro mundo). ¿hay que comunicar por un lado un nuevo excel de solicitud colectiva con los nuevos datos y a su vez otro excel comuncando reincorporación total  o parcial de los trabajadores?  ¿Los cambios de suspensión a reducción se comunican en alguno de los dos excel anteriores, en un tercer excel por definir....?

Te añado otra.
Bar que puede abrir con 50% de terraza pero por normativa local (4.5m de fachada y 3m entre mesas) es imposible colocar esas mesas sin que te atropelle un camión.
Entenderíamos de facto que sigue en la fase 0 con 100% de bonificación, no así por CNAE.
A quién comunico esta situación? a todos ? Necesito un informe técnico de mediciones, fotos de google earth....

Esto es de locos
 

PEDRO

Miembro conocido
¿que esperemos a mañana que publicarán un nuevo procedimiento? ¿y las gente que se incorpora mañana que hacemos? ¿le decimos al cliente que espere? ¿a caso no se dan cuenta que la gente necesita abrir sus negocios porque están al límite? ¿porque cuando los funcionarios del sepe vayan cobrar vamos a decirles que esperen un poco? Vamos por Dios!
Yo voy ha comunicar un chico que comienza mañana lo presentaré por redsara y luego que me digan algo.
 
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