Bueno, a ver... es cierto que cada vez vemos más sentencias que nos sorprenden, nos rompen esquemas... y más allá del juicio de valor que cada uno podamos hacer de cada caso concreto (lo digo pensando precisamente en el 1er. ejemplo que acabas de poner, que a mi el tema de los abstentistas "me pone", je,je), como siempre digo, laboral, además de no ser una ciencia exacta, es "muy casuístico".
Y en este caso, a juicio del Tribunal (entiendo que apoyado en criterios de preofesionales médicos), no existe una incompatibilidad entre la dolencia (que sí parece lo es para realizar su actividad laboral) y esa actividad lúdica (tocar la guitarra en concierto) en la que participó.
Es cierto que a menudo lo que nos impactan son los titulares (y normalmente no de prensa o medios especializados), que justo buscan eso, el sensacionalismo del titular.
Es por eso que cuando me vienen con cosas tipo "pues fulanito que está de baja se ha ido de viaje, o está haciendo tal cosa...". Yo, sin más información, no voy a dar por sentado de que se trata de una situación anómala, sancionable (merecedora de despido...). Y es que, por ejemplo puede ser incluso por prescripción médica (por ej. está de baja, al menos teóricamente, por ansiedad o estado anímico e incluso el médico la ha recomendado "que se distraiga". Por otro lado, no todas las dolencias físicas que inhabilitan para ciertas actividades profesionales son incompatbles con otro tipo de actividades. Es algo que, nos guste o no, tenemos que asumir.
Y el otro ejemplo, que es un artículo de un, se supone que profesional de laboral, más de lo mismo, impacta el titular, pero si lees el artículo ves a qué supuesto concreto se refiere y yo no recomendaría a ningún cliente que prorratee el cobro de las pagas extras cuando el convenio lo prohíbe expresamente (en eso tampoco nadie me diría lo de "tú no me dijiste" y, si tengo noticia de que lo hace le advertiré de ello para que tampoco me diga "yo no lo sabía"...). Pero, repito, estamos hablando del caso concreto en el que el convenio lo prohíbe expresamente (aunque me suena alguna sentencia relativamente reciente que matizaba el tema si, al mismo tiempo, el mismo convenio no contemplaba las consecuencias de hacerlo).
Pero, venga, adelante con esa recopilación (pero también el contexto de cada caso).
Saludos