Buenas tardes,
A una empresa le llega una notificación del Juzgado para que practique un embargo a un trabajador, pero curiosamente el trabajador finaliza contrato unos dias más tarde. El importe de la nómina y la liquidación es por unos 800 euros líquidos, por lo que supera el SMI y ¿habría que practicarle embargo por el 30 por ciento de ese exceso del SMI?
Muchas gracias, Saludos.
A una empresa le llega una notificación del Juzgado para que practique un embargo a un trabajador, pero curiosamente el trabajador finaliza contrato unos dias más tarde. El importe de la nómina y la liquidación es por unos 800 euros líquidos, por lo que supera el SMI y ¿habría que practicarle embargo por el 30 por ciento de ese exceso del SMI?
Muchas gracias, Saludos.