Buenos días, tengo una duda respecto a los embargos salariales.
Tenemos un trabajador que finalizó su contrato el día 10. Este trabajador tiene un embargo de sueldos y salarios, y por la nómina de 10 días, más el finiquito (pagas extras que no estaban prorrateadas, vacaciones no disfrutadas más indemnización por fin contrato) cobrará en 10 días unos 2.500/netos.
Lo que hago con el embargo es sumar las cantidades netas de la nómina más la liquidación y les voy haciendo los tramos de descuento, restando 10 días de SMI y no 645,30. Al restar sólo 10 días del SMi, el importe del embargo es muy evelado (así lo hace también el programa de A3) y, claro, el trabajador se queja.
Yo entiendo que tiene que ser así, además, si el trabajador hubiera cobrado cada mes las pagas extras, el embargo mensual también hubiera sido más elevado que el que le hemos practicado.
¿os parece que lo hago bien? es que no encuentro en ningún lado que esté especificado qué pasa cuando el mes es incompleto y se paga finiquito...
Tenemos un trabajador que finalizó su contrato el día 10. Este trabajador tiene un embargo de sueldos y salarios, y por la nómina de 10 días, más el finiquito (pagas extras que no estaban prorrateadas, vacaciones no disfrutadas más indemnización por fin contrato) cobrará en 10 días unos 2.500/netos.
Lo que hago con el embargo es sumar las cantidades netas de la nómina más la liquidación y les voy haciendo los tramos de descuento, restando 10 días de SMI y no 645,30. Al restar sólo 10 días del SMi, el importe del embargo es muy evelado (así lo hace también el programa de A3) y, claro, el trabajador se queja.
Yo entiendo que tiene que ser así, además, si el trabajador hubiera cobrado cada mes las pagas extras, el embargo mensual también hubiera sido más elevado que el que le hemos practicado.
¿os parece que lo hago bien? es que no encuentro en ningún lado que esté especificado qué pasa cuando el mes es incompleto y se paga finiquito...