HOLA
En la página del Ministerio de Empleo y Seg Soc. existe una serie de preguntas con respuesta que le han ido haciendo a la tgss y las ha colgado por cosiderarlas importantes.
En una de ellas te habla de cómo calcular las retribuciones según se haya pactado la jornada de trabajo y se refiere a la retribución por horas cuando estas sean inferiores a 120 al año para un mismo empleador y en este caso establece un salario mínimo por hora de 5.02 que incluye parte proporcional de domingos, festivos, pagas extraordinarias y vacaciones.
te copio lo que dice y el enlace http://www.empleo.gob.es/es/portada/serviciohogar/index.htm
"¿Cómo hay que calcular las retribuciones del trabajador según cómo se haya pactado la jornada de trabajo?En esta materia debe distinguirse el trabajo por horas, en régimen externo, del que no tiene tal consideración. Estaremos ante un trabajo por horas cuando el número total de días de prestación de servicios al año para el mismo empleador no exceda de 120 al año.
La normativa sobre retribución en esta relación laboral especial se aplica a las relaciones laborales en las que se prestan servicios a jornada completa o parcial durante un número de días, en este último caso, superior a 120 al año para el mismo empleador:
Trabajo a jornada completa o a tiempo parcial (más de 120 días al año para el mismo empleador): el salario a garantizar y por tanto el salario mínimo aplicable será el SMI fijado anualmente por el Gobierno en cómputo anual (en 2011 este salario es de 641,40 euros/mes, cuantía que, multiplicada por 14 -esto es, 12 meses más 2 pagas extraordinarias- asciende a 8.979,60 euros/año).
Dichas cuantías serán proporcionales en el supuesto de jornada a tiempo parcial (siempre que no se trate de trabajo por horas en régimen externo. Ver siguiente párrafo).
Trabajo por horas en régimen externo. Si se trata de trabajo por horas en régimen externo, es decir, cuando el número de días de trabajo al año para el mismo empleador sea inferior a 120, el salario mínimo en esta actividad se fija para 2011 en 5,02 euros/hora y en el mismo se incluye la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y vacaciones."