EMPRESA NUEVA EN EL DESPACHO Y MARRÓN GORDO AYUDA

Marisa

Miembro activo
Nos acaba de entrar una nueva empresa, tiene una trabajadora extranjera que al recopilar la documentación me he encontrado con que tiene denegada el permiso "DE RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES INCIIAL" y además en la resolución se indica que debe de salir del país y según su abogado esto lo recibió el 15/04/2024 y no ha presentado recurso .

Evidentemente le he dicho a mi nueva empresa que baja por despido objetivo desde hoy mismo ,pero claro este empresario me dice que si se puede hacer algo para poder mantenerla en alta
Resulta que el abogado me acaba de poner un email diciendo que va a recurrirlo :
"Estamos preparando una solicitud de revisión de oficio de actos administrativos por considerarlo nulos y subsidiariamente anulable, contra la resolución de 15 abril 2024, que es una posibilidad prevista en los arts. 106 y 107 LPAC para actos que pongan fin a la vía administrativa o que no se hayan recurrido en plazo. "
Estamos dentro del plazo porque respecto a los actos nulos no hay plazo, y respecto a los anulables hay un plazo de cuatro años.
La solicitud de revisión vamos a acompañarla de la solicitud de medida cautelar urgente consistente en la suspensión de la ejecución de dicha resolución de 15 abril, de conformidad con el art. 108 LPAC, para intentar que JEANE pueda seguir trabajando por lo menos hasta que se pronuncien sobre la admisión o no de esta solicitud. "

¿Esto es así?, el problema está en que el empresario no quiere quedarse sin ella.
Necesito vuestra ayuda ,gracias
 

RGG1980

Miembro activo
si ha recurrido o esta en plazo de reccurrir entiendo que todavía podría estar . el tema es si al final no reclaman, por lo que asegúrate que están en plazo para recurrir , que es recurrible (se me escapa) y coje toda la documentación de la intención de recurrir
 

Marisa

Miembro activo
Pero el tipo de recurso que me dice que va a poner es por lo he puesto antes y no se que plazo hay
 

Marisa

Miembro activo
Gracias, al final he hecho despido objetivo.
El abogado ha presentado solicitud de arraigo social.
Además me he metido en la plataforma de extranjería y pone que esta denegado desde abril del 2024, por mucho que me dijera el abogado que lo había recurrido le pedí justificante y todavía estoy esperando.
Pienso que pasó o se le pasó y la culpa para el asesor que asesora baja para evitar a mi empresa males peores.
Le dije a mi clienta que hable con su extrabajadora y que se cambiase de abogado porque se la ha liado
 

Marisa

Miembro activo
Continuando con este tema.
Necesito vuestro Consejo.
Al final extranjería le ha hecho caso ala abogado y ha revisado el expediente, resuelve revocando la resolución denegatoria (recibido 17.06.24)
Yo, el 5 realicé despido objetivo según los datos que tenía.
Y mis preguntas son:
1.es obligatorio volver a contratarla
,2.tengo que anular esa baja(tendría que hacer escrito a TGSS
3.qué pasa con la indemnización de vacaciones, preaviso y 20 días se la que a la trabajadora si Ss anular la baja.
4.si la empresa dice que no la contratación de nuevo y el abogado recurre, podría ser despido nulo

Bueno, gracias por vuestro consejos de antemano.
Aunque sigo pensando que el abogado se había dormido en los laureles y las consecuencias son sp para los mismos.
 
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