EN CASA DEL HERRERO CUCHILLO DE PALO

PEDRO

Miembro conocido
Lo titulo así porque la verdad es que no pensé que me iba a ocurrir a mi, y os explico.
Mi chaval estuvo este verano trabajando para una cadena de gimnasios cuyo nombre me guardo por ser muy conocidos. El caso es que inicialmente iba a trabajar los fines de semana pero desde el primer día trabajó mas horas. Hasta ahí bien y no me voy a poner pegas, pero me encuentro con que las nóminas no cuadran ni para "cantar". Inicialmente le cursaron el alta con una jornada del 50% pero en el mes siguiente lo cambiaron y paso a un 61,50%, las calculas y no hay ninguna que donde el salario base cuadre con ese porcentaje.
Así es que he tirado por la calle del medio, le he calculado la nómina con la jornada que si hizo regular por los fines de semana y el resto se lo puesto por por horas complementarias .
Bueno, después de "enrollarme" tanto quería comentaros que le pagan aparte del salario base y pagas unos conceptos en nómina que no se a que obedecen pues no vienen en el contrato tales como estos:
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Entiendo que si les reclamo las diferencias, estos conceptos, que no son claros ¿la empresa no podría compensarlo con lo esa diferencia que le reclamo? ¿o si?
 

Wastual

Miembro conocido
Con los datos que proporcionas, aparentemente estarán relacionados con cierto "indicadores de negocio" que, al cumplirse las condiciones aplicables (conforme al acuerdo de empresa o contrato de trabajo, posiblemente, ya que en el Convenio estatal sectorial no están contempladas en modo alguno), pues se han devengado y, por ello, su liquidación y abono.
En un primer análisis, puede llegar a ser defendible la postura de que no serían aplicables la compensación y absorción, ya que la retribución mínima por "unidad de tiempo de trabajo" viene determinada por la norma colectiva y estos complementos en cuestión forman parte de una participación en facturación/beneficios(/llámese x) adicional que la empresa ha establecido unilateralmente para las personas trabajadoras de la compañía/cadena/centro, lo cual puede depender de la jornada (a efectos de distinguir según la parcialidad acordada "y que no sea iguales para todos") pero en ningún caso constituirían la contraprestación debida por los efectivos servicios prestados.

Ahora bien, también es cierto que lo anterior puede ser algo aventurado porque se ha aplicado lo que se puede considerar como "lógico" (o, al menos, "más habitual"), pero también es posible -no se puede saber con los datos que aportas- que la estructura salarial sea radicalmente distinta a la del convenio y esos incentivos también formen parte de la unidad horaria de retribución: es decir que el valor de la hora se igual a la suma de un salario base fijo inferior al que figura en aquel pero se adicionen esos incentivos "variables", lo cual, mientras que alcance el mínimo de la norma colectiva o, incluso, lo mejore, es totalmente posible.

Así, si se opta por la máxima "pragmaticidad": ¿el bruto total de esas nóminas corresponde a la jornada realmente realizada, abonada conforme al salario establecido en el convenio? Si es así (o superior), entonces, habría que valorar si merece la pena argumentar como correcto lo indicado en primer lugar, a efectos de iniciar la pertinente reclamación. En caso contrario, sí que resulta más interesante -básicamente porque de cualquier modo se la ha pagado de menos-.

Es lo máximo que te puedo indicar compañero, ánimo.
 

PEDRO

Miembro conocido
Gracias por tu respuesta.
Comentarte que el convenio es el de instalaciones deportivas y que en el contrato, al igual que muchos, sobre el salario solo indica el tan manido “según convenio” sin aparecer en el contrato su causa origen o motivo de pago.
En cuanto al resto de conceptos no cuadra nada con la jornada del contrato, la reflejada en la seguridad social y con las hojas de registro, así que lo que hice fue tirar por la calle del medio, calcule los salarios considerando las horas donde se anota en las hojas de registro las horas reales de trabajo.
 

Wastual

Miembro conocido
- Respecto al convenio, ese fue el que revisé, y nada se indica respecto a esos complementos, únicamente -como habrás visto ya- aparece el total que esta norma garantiza como mínimo.
- Por tanto, entonces, si el total percibido sigue siendo inferior al salario "correcto", el cual es que has calculado (valor hora ordinaria, según convenio x n.º horas según registro), entonces, claramente la reclamación es interesante y, "por pedir", intenta argumentar, según lo expuesto, que los incentivos son una mejora de empresa adicional a la remuneración del trabajo efectivo, y por tanto el defecto a favor del trabajador debe calcularse respecto únicamente del salario base y PPEE.

Gracias a ti.
 

PEDRO

Miembro conocido
- Respecto al convenio, ese fue el que revisé, y nada se indica respecto a esos complementos, únicamente -como habrás visto ya- aparece el total que esta norma garantiza como mínimo.
- Por tanto, entonces, si el total percibido sigue siendo inferior al salario "correcto", el cual es que has calculado (valor hora ordinaria, según convenio x n.º horas según registro), entonces, claramente la reclamación es interesante y, "por pedir", intenta argumentar, según lo expuesto, que los incentivos son una mejora de empresa adicional a la remuneración del trabajo efectivo, y por tanto el defecto a favor del trabajador debe calcularse respecto únicamente del salario base y PPEE.

Gracias a ti.
Pues si hay diferencias notables pues multiplico el precio hora del convenio por las horas realizadas y es inferior, y no solo eso, y no es solo eso si no que complementos tales como el plus de transporte, el cual con convenio regula que se percibe por cada día efectivamente trabajado (3€) me encuentro con cosas como esta:

1759998411061.png

¿Alguien me puede explicar como puede salir con decimales cuando su valor es absoluto? si vas a trabajar 18 días será 54€ (3x18) no 54,75€.
La verdad es un despropósito, y preguntaba porque no quiero que se me descuelguen con que esos incentivos que le abonan compensan lo no percibiros de salario base, pagas y transporte.
Gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues si hay diferencias notables pues multiplico el precio hora del convenio por las horas realizadas y es inferior, y no solo eso, y no es solo eso si no que complementos tales como el plus de transporte, el cual con convenio regula que se percibe por cada día efectivamente trabajado (3€) me encuentro con cosas como esta:

Ver el archivos adjunto 4641

¿Alguien me puede explicar como puede salir con decimales cuando su valor es absoluto? si vas a trabajar 18 días será 54€ (3x18) no 54,75€.
La verdad es un despropósito, y preguntaba porque no quiero que se me descuelguen con que esos incentivos que le abonan compensan lo no percibiros de salario base, pagas y transporte.
Gracias
Tal vez le estan aplicando el coeficiente (teórico) de parcialidad sobre el importe que contempla el convenio, que, de ser el caso, es una práctica anómala salvo que la parcialidad lo sea, no sobre la duración de la jornada sino sobre el número de jornadas trabajadas y el importe esté definido no precisamente por jornadas efectivamente trabajadas sino por periodos (ej, mensual).
Si en este caso el convenio lo define justo por dia efectivamente trabajado, obviamente el importe debería ser múltiplo de 3, justo el que corresponda al nº de días trabajados durante el periodo de referencia.

No olvidemos que estamos (aunque cotice) ante un concepto que no tiene naturaleza salarial sino compensatoria, esto es, no se devenga por tiempo de trabajo sino que trata de compensar un gasto, el de desplazamiento, que es el mismo trabaje 4 que 8 horas (obviando potenciales matices como jornada contínua o partida...).
 

PEDRO

Miembro conocido
Tal vez le estan aplicando el coeficiente (teórico) de parcialidad sobre el importe que contempla el convenio, que, de ser el caso, es una práctica anómala salvo que la parcialidad lo sea, no sobre la duración de la jornada sino sobre el número de jornadas trabajadas y el importe esté definido no precisamente por jornadas efectivamente trabajadas sino por periodos (ej, mensual).
Si en este caso el convenio lo define justo por dia efectivamente trabajado, obviamente el importe debería ser múltiplo de 3, justo el que corresponda al nº de días trabajados durante el periodo de referencia.

No olvidemos que estamos (aunque cotice) ante un concepto que no tiene naturaleza salarial sino compensatoria, esto es, no se devenga por tiempo de trabajo sino que trata de compensar un gasto, el de desplazamiento, que es el mismo trabaje 4 que 8 horas (obviando potenciales matices como jornada contínua o partida...).
Pues esa es la cuestión, es un concepto que se devenga por dia de trabajo con independencia de que trabajes a tiempo completo o parcial, y ya ves, eso me da idea de que no hay criterio a la hora de confeccionar las nóminas.
Gracias
 

PEDRO

Miembro conocido
¿Son 54,75 fijos todos los meses?
No para nada, siempre es una cantidad diferente con decimales, y no se de donde sacan eso, nada es igual en las nóminas. Si nos fijamos en los otros conceptos fijos como son salario base y prorrata pagas lo "normal" que fueran iguales en función del coeficiente de parcialidad del 61,50%, pues no, no cuadra ninguno en ningún mes.
NO se como calcularon las nóminas
 

MCS

Miembro activo
Pues si hay diferencias notables pues multiplico el precio hora del convenio por las horas realizadas y es inferior, y no solo eso, y no es solo eso si no que complementos tales como el plus de transporte, el cual con convenio regula que se percibe por cada día efectivamente trabajado (3€) me encuentro con cosas como esta:

Ver el archivos adjunto 4641

¿Alguien me puede explicar como puede salir con decimales cuando su valor es absoluto? si vas a trabajar 18 días será 54€ (3x18) no 54,75€.
La verdad es un despropósito, y preguntaba porque no quiero que se me descuelguen con que esos incentivos que le abonan compensan lo no percibiros de salario base, pagas y transporte.
Gracias
Yo tengo nóminas con ese convenio y también les pago 54,75 todos los meses para que cobren lo mismo, de hecho me lo revisó una inspectora y me comentó que le parecía bien. Divido los 3 euros diarios entre 8 horas y lo multiplico por las horas del convenio, y después entre 12 meses: (3/8) =0,375 x 1752 /12 =54,75, no se si te servirá pero ahí lo dejo.... y se los pago a todos igual si van los mismos mismos días que el resto, claro
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo tengo nóminas con ese convenio y también les pago 54,75 todos los meses para que cobren lo mismo, de hecho me lo revisó una inspectora y me comentó que le parecía bien. Divido los 3 euros diarios entre 8 horas y lo multiplico por las horas del convenio, y después entre 12 meses: (3/8) =0,375 x 1752 /12 =54,75, no se si te servirá pero ahí lo dejo.... y se los pago a todos igual si van los mismos mismos días que el resto, claro
En tu caso lo entiendo, pero es que estamos hablando de que esta persona no va todos los días a trabajar, no tenía una regular. Tenía un contrato a tiempo parcial donde iba el sábado y el domingo, pero es que luego lo llamaban para cubrir día sueltos y así te encuentras con que una semana iba 5 dias, otra 2, la siguiente 5, y eso no es correcto.
 

MCS

Miembro activo
En tu caso lo entiendo, pero es que estamos hablando de que esta persona no va todos los días a trabajar, no tenía una regular. Tenía un contrato a tiempo parcial donde iba el sábado y el domingo, pero es que luego lo llamaban para cubrir día sueltos y así te encuentras con que una semana iba 5 dias, otra 2, la siguiente 5, y eso no es correcto.
Pfff pues sí que es raro, a ver, a las muy malas puede preguntar? yo hay veces (me gustaría que fueran menos la verdad) que viene algún trabajador que otro que no entiende su nómina y se la explico un poco, a lo mejor así le dicen cómo aplican los conceptos de la nómina... a ver si puede
 

PEDRO

Miembro conocido
Pfff pues sí que es raro, a ver, a las muy malas puede preguntar? yo hay veces (me gustaría que fueran menos la verdad) que viene algún trabajador que otro que no entiende su nómina y se la explico un poco, a lo mejor así le dicen cómo aplican los conceptos de la nómina... a ver si puede
Pues esa es la cuestión que les dije a los encargados del gimnasio que me facilitasen un correo o teléfono para ponerme en contacto con el departamento laboral y comentar el tema, porque la verdad, como estoy en este tema, me da "palo" andar con reclamaciones, denuncias e historias, los llamo, hablamos, consensuamos y se acabo, pero lo que te digo, llevo con esto desde el 14 de septiembre y están pasando de mi, y verás, eso ya no me gusta.
 
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Nando_bcn

Miembro conocido
Yo tengo nóminas con ese convenio y también les pago 54,75 todos los meses para que cobren lo mismo, de hecho me lo revisó una inspectora y me comentó que le parecía bien. Divido los 3 euros diarios entre 8 horas y lo multiplico por las horas del convenio, y después entre 12 meses: (3/8) =0,375 x 1752 /12 =54,75, no se si te servirá pero ahí lo dejo.... y se los pago a todos igual si van los mismos mismos días que el resto, claro
Claro, si (si lo he entendido bien), pagas igual se trabaje o no (siempre en base a una estimacion teórica anual de jornadas trabajadas, pero luego, ya sabes, pueden haber procesos de IT, permisos...), si pagas, inlcuso cuando no correspoonde, cotizas también por ello. En eso la Inspeccion no te va a poner ninguna pega, claro (cuando no cotizaba sí podria ser distinto, pero actualmente... )
 
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