....cuchillo de palo", y es que este es mi caso y me da la impresión de que, a pesar de que lo he preguntado en S.Social e Inspección de Trabajo, no está nada claro esta duda constante que tengo pues sus respuestas no me aclara nada.
Comunidad de bienes formada por cuatro hermanos y dedicada a la actividad de comercio textil con dos trabajadores por cuenta ajena en la plantilla (una de ellas con categoria profesional de encargada y grupo cotización 01).
Ninguno de estos cuatro hermanos trabaja en esta actividad: Una de ellas es jubilada, otra no trabaja, otro de los hermanos es trabajador por cuenta ajena (en la comunidad aparece como que es el representante) y por último yo , en alta en RETA como graduado social.
¿Es correcto, ya que ninguno trabaja en la comunidad, que no estemos obligados a estar en RETA?
De ser así, en breve uno de los trabajadores por cuenta ajena va a causar baja por enfermedad común (operación de cadera) y la idea es que lo sustituta durante este proceso mi hermana (una de las comuneras que no trabaja en ningún otro sitio),, su alta en la comunidad seria como RETA?.
Y la última duda, y para complicar aún más todo el tema: La trabajadora por cuenta ajena con grupo de cotización 01 resulta que.....es mi mujer!!!! Podría tener problemas si algún dia, por el motivo que fuese, solicitara prestación por desempleo por estar casada en régimen de gananciales con uno de los comuneros de esta empresa?
Vaya culebrón de familia, jejejje....muchas gracias
Comunidad de bienes formada por cuatro hermanos y dedicada a la actividad de comercio textil con dos trabajadores por cuenta ajena en la plantilla (una de ellas con categoria profesional de encargada y grupo cotización 01).
Ninguno de estos cuatro hermanos trabaja en esta actividad: Una de ellas es jubilada, otra no trabaja, otro de los hermanos es trabajador por cuenta ajena (en la comunidad aparece como que es el representante) y por último yo , en alta en RETA como graduado social.
¿Es correcto, ya que ninguno trabaja en la comunidad, que no estemos obligados a estar en RETA?
De ser así, en breve uno de los trabajadores por cuenta ajena va a causar baja por enfermedad común (operación de cadera) y la idea es que lo sustituta durante este proceso mi hermana (una de las comuneras que no trabaja en ningún otro sitio),, su alta en la comunidad seria como RETA?.
Y la última duda, y para complicar aún más todo el tema: La trabajadora por cuenta ajena con grupo de cotización 01 resulta que.....es mi mujer!!!! Podría tener problemas si algún dia, por el motivo que fuese, solicitara prestación por desempleo por estar casada en régimen de gananciales con uno de los comuneros de esta empresa?
Vaya culebrón de familia, jejejje....muchas gracias