yo entiendo que naturales¿si el convenio no dice nada de hábiles/naturales... se entiende que son hábiles o naturales ?
es logico. En convenio solo ponen plazos maximos. yo siempre lo pongo con numeritos hehe
No es mi experiencia, la inmensa mayoria ponen "periodo de prueba maximo", "periodo de prueba que no podra exceder de" etcNo. Hay muchos convenios que te dicen que el período de prueba será de tanto, sin fijar límites como "máximo de " o duración "entre xx y xx". Por lo que se entiende que, si el convenio fija una duración concreta sin más, no habría tal polémica, y si no quieres indicar un período de prueba por la razón que sea, no se pone nada en contrato y ya. No obstante yo pongo los días, o meses concretos, para evitar líos de interpretación en ciertos casos.
No es mi experiencia, la inmensa mayoria ponen "periodo de prueba maximo", "periodo de prueba que no podra exceder de" etc
De los 10 que mas utilizo, hay 3 que lo ponen sin esas indicaciones, como tu comentas. Lo he mirado por curiosidad hahaha
En cualquier caso creo que es mas facil poner directamente el numero exacto en todos los casos.
No, lo que pones en el contrato es lo que es. 1 mes, pues 1 mes.Gracias por el apunte. De todas formas me cuesta entenderlo. Si en el convenio se especifica por ejemplo para cada categoría con un periodo de prueba x, pues ya se sabe que no se podrá exceder ese periodo. No veo la diferencia entre "el perido de prueba es de un mes" o "el periodo de prueba no podra exceder del mes". A ver si al final va a resultar que pones en el contrato que el perido de prueba es de 30 días y le das de baja por no superar el perido deo prueba el día 29 y te cascas un improcedente.
Si concretas en el contrato que el periodo de prueba es de 30 días y este no es superior al máximo que fija el ET o, en su caso, el convenio de aplicación, entiendo que no has de tener problemas en este sentido.Gracias por el apunte. De todas formas me cuesta entenderlo. Si en el convenio se especifica por ejemplo para cada categoría con un periodo de prueba x, pues ya se sabe que no se podrá exceder ese periodo. No veo la diferencia entre "el perido de prueba es de un mes" o "el periodo de prueba no podra exceder del mes". A ver si al final va a resultar que pones en el contrato que el perido de prueba es de 30 días y le das de baja por no superar el perido deo prueba el día 29 y te cascas un improcedente.
Justo. Nos hemos cruzado con nuestras respuestasNo, lo que pones en el contrato es lo que es. 1 mes, pues 1 mes.
Lo que comentamos es como esta redactado en el convenio, que la mayoria de veces dicen hasta 1 mes. Por lo que tu como empresa puedes poner 1 mes, 15 dias o los que te apetezca mientras sean menos de 1 mes. Si tu en el contrtao pones "segun convenio" y el convenio ponia "maximo 1 mes de prueba" entonces el periodo de prueba no se puede saber cual es, aqui el quid de la cuestion de la sentencia.
Pero es que a quien hay que convencer es a los jueces y tribunales, y esta sentencia no es novedosa en este sentido.No me convencéis. Si en el convenio pone perido de prueba hasta un mes, pues es hasta un mes. Es lo mismo que poner 30 días. Si pusiera: "aproximadamente un mes" o "en función de su capacitación o desemepeño hasta 2 meses" (esto lo tengo en un convenio de empresa) pues os lo compro...
Pero en fin, hilaré más concreto en este aspecto a partir de ahora...