Autonomo de S.C. que quiere contratar hijo 18 que no convive con el sino con el otro progenitor .... donde debiera estar encuadrado ? . En seguridad social me dicen que podria elegir hacerlo como autonomo colaborador ( no hablan de convivencia , unicamente de parentesco ) o general con exclusion desempleo. Otro me dice que reg. gral normal si no conviven ( no entran en si es independiente economicamente ).
No se aclaran y no se bien que seria lo mas correcto, porque por mas que leo las diferentes leyes , etc no me queda claro donde encuadrarlo .. Si me podeis ayudar ?? Gracias .
No se aclaran y no se bien que seria lo mas correcto, porque por mas que leo las diferentes leyes , etc no me queda claro donde encuadrarlo .. Si me podeis ayudar ?? Gracias .