Erte FM-CNAE puede convivir con un erte limitación

Saralaboral2

Miembro activo
Hola,
Tengo dudas si es posible hacerlo en este caso.
Antecedentes, hotel que aplica un erte de FM desde 14/03, por tanto se puede acoger al erte por CNAE.
Trabajadora con antigüedad 21/07/20 categoría recepcionista.
Quieren afectar al erte a media jornada a esta trabajadora pero no se puede incluir al erte de FM-CNAE por ser su antigüedad posterior al 1r erte.
Se plantea hacerle un erte por limitación. Según la otra gestoría por su categoría al final no lo hicieron.
Mis dudas, primero se puede hacer? Y sobretodo si un mismo CCC puede tener 2 DR. Estoy esperando consulta de CASIA, pero me gustaría tener vuestra opinión por si se me escapa algo. Merci.
 

PEDRO

Miembro conocido
¿Que significa eso de que por su categoría no lo hicieron? ¿que tiene que ver la categoría?
Siento no poder ayudarte pero me parece que en la TGSS no puedes exonerar por lo dos ERTEs a la vez.
Dices que no puedes incluirla por a ver sido contratada después de julio, únicamente lo que dices, solicitar un erte por limitar y no exonerar para evitar problemas.
 

Saralaboral2

Miembro activo
Pedro, lo de la categoría creo que era porque si hubiese sido Barman era más fácil demostrar las restricciones en la restauración.
He preguntado a Casia y me dicen que si pueden convivir los 2 ertes siempre que la AL lo autorice.
Así tiraré dados y que salga el número ganador
 

Artur4321

Miembro
Entiendo que se pueda tener dos ERTES concedidos por la Autoridad Laboral (antiguo FM de marzo y Limitaciones/Impedimento) pero realmente el sistema RED permite anotar dos DR en un mismo periodo temporal?

Grabas entonces las letras de inactividad propias del ERTE de limitaciones a los trabajadores que no estaban originalmente en el ERTE de FM marzo y continuas aplicando las letras propias del ERTE FM a los trabajadores antiguos?

gracias!
 

PEDRO

Miembro conocido
A resultas del tema abierto por Saralaboral2 donde plantea la posibilidad de convivir dos ERTEs, uno por FM del 14 de marzo y otro por limitación, os consulto lo siguiente: ¿qué estáis haciendo respecto a este tema con vuestros clientes de hostelería? ¿aplicáis uno u otro según conveniencia?.
Lo comento porque somos muchos los que tenemos ertes "vivos" por limitación e impedimento conforme al RD Ley 30/2020, cuando en diciembre "abrieron la posibilidad de aplicar exenciones a la hostelería por CNAE.
Ahora en enero lo prorrogan todo nuevamente y te planteas que hacer ¿dejo de exonerar por limitación y paso al de CNAE sin más? ¿tomo uno y otro a conveniencia? ¿que pasa que en octubre o noviembre tuviste afectaste a trabajadores por limitación e impedimento y ahora puede "pasar" a exonerar por ellos por CNAE?.
¿cómo estáis abordando este tema? Me interesa conocer vuestra opinión porque yo tengo gente con ertes en limitación y no les he aplicado pudiendo el de CNAE porque entiendo que el momento actual con las restricciones establecidas por los distintos gobiernos hacen que jurídicamente sea la figura de entre los ertes la mas apropiada. Pero eso lo opino yo por eso me gustaría saber que opináis vosotros.
Un saludo y gracias.
 

PEDRO

Miembro conocido
PEDRO dijo:
A resultas del tema abierto por Saralaboral2 donde plantea la posibilidad de convivir dos ERTEs, uno por FM del 14 de marzo y otro por limitación, os consulto lo siguiente: ¿qué estáis haciendo respecto a este tema con vuestros clientes de hostelería? ¿aplicáis uno u otro según conveniencia?.
Lo comento porque somos muchos los que tenemos ertes "vivos" por limitación e impedimento conforme al RD Ley 30/2020, cuando en diciembre "abrieron la posibilidad de aplicar exenciones a la hostelería por CNAE.
Ahora en enero lo prorrogan todo nuevamente y te planteas que hacer ¿dejo de exonerar por limitación y paso al de CNAE sin más? ¿tomo uno y otro a conveniencia? ¿que pasa que en octubre o noviembre tuviste afectaste a trabajadores por limitación e impedimento y ahora puede "pasar" a exonerar por ellos por CNAE?.
¿cómo estáis abordando este tema? Me interesa conocer vuestra opinión porque yo tengo gente con ertes en limitación y no les he aplicado pudiendo el de CNAE porque entiendo que el momento actual con las restricciones establecidas por los distintos gobiernos hacen que jurídicamente sea la figura de entre los ertes la mas apropiada. Pero eso lo opino yo por eso me gustaría saber que opináis vosotros.
Un saludo y gracias.

¿Ningún aporte la respecto?
 

Saralaboral2

Miembro activo
Desde 1/02 los he dejado en limitación.
En su día si me plantee volverlos al erte FM de marzo que todavía no tenía cerrado pero después de valorarlo no me valía la pena cambiarlos.
Y aquí en Barcelona aunque hay muchas restricciones pueden ir haciendo algo así que no me complicó. Si un día se publica una normativa de cierre total, pues ya veremos qué hacemos. Espero que no llegue ese día.
 

Artur4321

Miembro
El único de hostelería que aun tenia el de FM de marzo sin renunciar y aplico en octubre y noviembre limitaciones/impedimento le pasamos a aplicar FM CNAE en diciembre, se le explico la situación y la inseguridad jurídica en la que nos movíamos (y nos movemos) y decidió optar por ERTE FM CNAE.

Entiendo crea muchísima inseguridad pero a si se han hecho las cosas, yo no quiero que a este cliente le venga un compañero del gremio diciéndole que se está exonerando por la parte trabajada mientras que a mi cliente únicamente le puedo exonerar la parte suspendida cuando tiene el CNAE apropiado para aplicar el de FM CNAEs, quizás me la estoy jugando y en el día de mañana ITSS actúe y tengamos que pelearlo, el cliente en cuestión está al tanto de la situación.

Al final del día tiene un ERTE FM sin renunciar y tiene el CNAE adecuado, que cada uno asuma el riesgo que quiera asumir. Eso si creo que a los clientes hay que explicarles la problemática y no tomar las decisiones por ellos aunque entiendo que cada cliente es un mundo y mas en hostelería...
 

PEDRO

Miembro conocido
Por eso os formulo la consulta porque la indefinición y la falta de seguridad jurídica. Entiendo la postura de Saralaboral2, que es la que yo estoy aplicando, pues ahora mismo aquí en Asturias hay muchas restricciones y sobre todo para la hostelería, por lo que creo que jurídicamente el instrumento que se tiene que usar es el erte por limitación. Pero entiendo a Artur4321 pues me molestaría que me viniera un cliente, no ahora, si no pasado un tiempo, ya sabemos todos que a toro pasado siempre se acierta, y me dijera que porque no apliqué el erte por CNAE.
 
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