Saralaboral
Miembro activo
Buenos días,
Tenemos esta duda de cómo contemplar el coche como salario base del socio.
El coche es propiedad de la empresa B, el socio es accionistas mayoritario y administrador único.
La empresa B es propietaria de las acciones de la empresa A , el socio también es administrador único.
Ambas empresas tienen un contrato por el que la empresa B presta servicios a la empresa A.
El socio desde 2021 solo tiene nómina en la empresa A.
La mujer del socio se dio de alta como autónoma colaboradora en la empresa B.
El coche solo lo coge el marido, el cual tiene nómina en la empresa A.
Cómo contemplaría el vehículo en la nómina y a quien?
La mujer aunque está en la empresa B, ella no utiliza el vehículo. No lo veo, pero podría ser una opción.
El socio si tiene nómina de empresa A pero el coche es de B, aunque B es propietaria de las acciones de A, aquí no lo veo.
Le haría una nómina nueva en la empresa B para contemplar este vehículo. Lo que no se si por temas internos suyos de I+D solo puede tener nómina en la empresa A.
Cómo lo veis vosotros? Gracias.
Tenemos esta duda de cómo contemplar el coche como salario base del socio.
El coche es propiedad de la empresa B, el socio es accionistas mayoritario y administrador único.
La empresa B es propietaria de las acciones de la empresa A , el socio también es administrador único.
Ambas empresas tienen un contrato por el que la empresa B presta servicios a la empresa A.
El socio desde 2021 solo tiene nómina en la empresa A.
La mujer del socio se dio de alta como autónoma colaboradora en la empresa B.
El coche solo lo coge el marido, el cual tiene nómina en la empresa A.
Cómo contemplaría el vehículo en la nómina y a quien?
La mujer aunque está en la empresa B, ella no utiliza el vehículo. No lo veo, pero podría ser una opción.
El socio si tiene nómina de empresa A pero el coche es de B, aunque B es propietaria de las acciones de A, aquí no lo veo.
Le haría una nómina nueva en la empresa B para contemplar este vehículo. Lo que no se si por temas internos suyos de I+D solo puede tener nómina en la empresa A.
Cómo lo veis vosotros? Gracias.