Como leerás, ambas deniegan el paro a trabajadores en excedencia voluntaria que fueron incluidos en ERE y ello porque en el momento de la extinción de la relación laboral no estaban en situación asimilada al alta.
Así que sí, en base a esas sentencias parece que no tienen paro, como defendías y yo me oponía...
En fin, me rompe un poco los esquemas... ya que ahora sí que no veo sentido a que según la doctrina jurisprudencial, la empresa tenga que incluir a los excedentes voluntarios - una de estas dos sentencias así lo reconoce- para luego ni indemnizarlos ni que puedan obtener el paro...
Si no hay paro ni indemnización, ¿para que incluirlos?
Así que sí, en base a esas sentencias parece que no tienen paro, como defendías y yo me oponía...
En fin, me rompe un poco los esquemas... ya que ahora sí que no veo sentido a que según la doctrina jurisprudencial, la empresa tenga que incluir a los excedentes voluntarios - una de estas dos sentencias así lo reconoce- para luego ni indemnizarlos ni que puedan obtener el paro...
Si no hay paro ni indemnización, ¿para que incluirlos?