Exclusion bonificacion Club Deportivo

CC2019

Miembro activo
Buenas tardes,

Una de las exclusiones de la bonificación (art. 11 RDL 1/2023) es que no puede haberse causado baja en el plazo de 3 meses en otra empresa si no ha mediado despido reconocido o declarado improcedente, o por despido colectivo.

La pregunta es, si se realiza la contratación, por ejemplo, el 1/5/25 de una persona en un club que ha terminado por baja voluntaria en otra empresa con contrato indefinido en el plazo de los 3 meses anteriores, ¿podría aplicarse la bonificación a partir del día 1/8/25, o se entiende que no podría aplicarse ya nunca?
 
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