Caslaboral
Miembro conocido
Hola!
Que opinias de este tema? Autonomo que tiene baja IT, se pide la solicitud de pago directo un mes y medio despues de la baja, pero mientras aun no tiene alta medica. Bajo que criterio una mutua pide un periodo de presentacion X, unas me dicen que mientras no tenga el alta puedo pedirlo que no habra problema, otras que si 3 meses, y la mas rata, 25 dias solamente. Pues bueno, me ha tocado el percal con la ultima, y me han denegado el cobro desde el dia de la baja. Pero, no he encontrado normativa alguna que regule un periodo determinado para presetacion de este tipo de solicitud (y la diferencia entre mutuas casi que me lo confirma). Incluso el INSS pone actualmente que: "Si cumples con los requisitos, puedes realizar la solicitud en cualquier momento."
Lo unico que indique algun tipo de plazo que he encontrado es una resolucion del INSS del 2003 que decia que los "declaracion de actividad" habia 15 dias de plazo, que en cualquier caso un año mas tarde se cambio a 45 dias y ahora dudo que se siga aplicando (aunque ni idea).
Vamos, que no encuentro nada que me justifique juridicamente la denegacion de la prestacion des de el dia 1. Alguien ha tenido algun caso asi, veis posible recurrir?
PD: añado que, segun el articulo 53 LGSS, la retroactividad es de 3 meses anteriores a la solicitud, por lo que, tiene sentido reconocer la prestacion solo desde el dia de la presentacion de la solicitud? en que se basan?
Que opinias de este tema? Autonomo que tiene baja IT, se pide la solicitud de pago directo un mes y medio despues de la baja, pero mientras aun no tiene alta medica. Bajo que criterio una mutua pide un periodo de presentacion X, unas me dicen que mientras no tenga el alta puedo pedirlo que no habra problema, otras que si 3 meses, y la mas rata, 25 dias solamente. Pues bueno, me ha tocado el percal con la ultima, y me han denegado el cobro desde el dia de la baja. Pero, no he encontrado normativa alguna que regule un periodo determinado para presetacion de este tipo de solicitud (y la diferencia entre mutuas casi que me lo confirma). Incluso el INSS pone actualmente que: "Si cumples con los requisitos, puedes realizar la solicitud en cualquier momento."
Lo unico que indique algun tipo de plazo que he encontrado es una resolucion del INSS del 2003 que decia que los "declaracion de actividad" habia 15 dias de plazo, que en cualquier caso un año mas tarde se cambio a 45 dias y ahora dudo que se siga aplicando (aunque ni idea).
Vamos, que no encuentro nada que me justifique juridicamente la denegacion de la prestacion des de el dia 1. Alguien ha tenido algun caso asi, veis posible recurrir?
PD: añado que, segun el articulo 53 LGSS, la retroactividad es de 3 meses anteriores a la solicitud, por lo que, tiene sentido reconocer la prestacion solo desde el dia de la presentacion de la solicitud? en que se basan?
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