Externalización servicio de recepción

campus34

Miembro conocido
Buenos días,
Un cliente ha decidido externalizar en un centro de trabajo de más de 100 empleados, el servicio de recepción
Una empresa externa le realizará dicho servicio.
Lo normal es que quien haga ese servicio sea una misma persona, si bien se enviará otra persona durante períodos vacaciones y otro tipo de ausencias.
Al ser un servicio de recepción, esta persona utilizará el ordenador de la empresa cliente así como trabajará en sus instalaciones.
Se podría considerar cesión ilegal de trabajadores?
Yo por un lado entiendo que sí, pero por otro lado es una práctica muy habitual la externalización de las recepciones y el servicio de seguridad, sobre todo en grandes empresas.
Que opináis?
Saludos
 

campus34

Miembro conocido
Ya. Si el tema es que es una centralita de la propia empresa. No tiene sentido que su empresa le entregué ningún tipo de material, porque está todo integrado en su puesto.
Yo se lo comenté a la Empresa y me dijeron que entonces el vigilante de seguridad que se traiga su propia cámara de seguridad (me hizo gracia el comentario, pero en el fondo tienen razón...).
Un saludo
 

fundación

Miembro conocido
Bueno, al vigilante le forma su empresa en técnicas de vigilancia, tendrá que reportar a la misma, que tendrá un control sobre incidencias y comuniación con el cliente etc también le darán el uniforme, porra y pistola, no interactuará mucho con la organización de la empresa cliente etc. Pero el recepcionista estará prácticamente en la organización de la misma, con sus instrucciones diarias de gestión, con los medios de ésta etc.

La fina línea entre la cesión ilegal y la subcontratación.
 

elchuske

Miembro conocido
Te voy a contar un caso real. BBVA servicios exterrnalizados en Málaga a través de una empresa cuyo capital es 100% BBVA. Solo trabaja para el grupo BBVA Se han puesto muchas demandas a través del comité de empresa. Todas las han perdido.
Los de Malaga están en oficinas y despachos, los del banco en su propio convenio colectivo. Por supuesto los aplicativos son del BBVA
 

FERNANDO

Miembro conocido
Tema interesante: subcontratacion por parte de bancos de parte del servicio con empresas externas controladas por la matriz, con el objeto de pagar convenio de o ficians, en lugar del de empresa o del de banca. Muchos de estos trabajadores trabajan en la misma extructura que la matriz, mezclados con otros empleados. En ese caso, entiendo que la cesión ilegal es clara.

Ahora bien, si la empresa subcontratada, a pesar de solo trabajar para la matriz, si lo hiciese desde instalaciones diferentes a la matriz, ahí sí se podría discutir la no existencia de la cesión ilegal, aunque, otra cosa, sería la aplicación del convenio de oficinas en lugar del de banca (que creo que no sería así). Otra cosa sería la aplicación del convenio de empresa, dado que ahí tiene lugar negociaciones de representaciones legales de cada centro de trabajo diferente.....
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Tema interesante: subcontratacion por parte de bancos de parte del servicio con empresas externas controladas por la matriz, con el objeto de pagar convenio de o ficians, en lugar del de empresa o del de banca. Muchos de estos trabajadores trabajan en la misma extructura que la matriz, mezclados con otros empleados. En ese caso, entiendo que la cesión ilegal es clara.

Ahora bien, si la empresa subcontratada, a pesar de solo trabajar para la matriz, si lo hiciese desde instalaciones diferentes a la matriz, ahí sí se podría discutir la no existencia de la cesión ilegal, aunque, otra cosa, sería la aplicación del convenio de oficinas en lugar del de banca (que creo que no sería así). Otra cosa sería la aplicación del convenio de empresa, dado que ahí tiene lugar negociaciones de representaciones legales de cada centro de trabajo diferente.....
Lo hace desde instalaciones distintas a la matriz.
Y les aplica el convenio de consultoría, creo.
 

elchuske

Miembro conocido
Lo hacen desde un edificio diferente en Málaga. Y el convenio hasta donde yo se, es el de oficinas y despachos, por eso la lucha del comité de empresa para que les reconozcan como empleados del BBVA pero ni por esas.
Para mas inri cuando pusieron en marcha lo de Málaga fue un empleado, dos empleados, mi jefe y un compañero a Málaga durante mucho tiempo para poner eso en marcha. Posteriormente este jefe se quedo como jefe de esa empresa en Málaga. Como empleado de esa empresa y luego volvió al BBVA.
la empresa se llama OPPLUS .
Y ya no digo más que me van a demandar.
 

Saralaboral

Miembro activo
Buenos días,
Un cliente ha decidido externalizar en un centro de trabajo de más de 100 empleados, el servicio de recepción
Una empresa externa le realizará dicho servicio.
Lo normal es que quien haga ese servicio sea una misma persona, si bien se enviará otra persona durante períodos vacaciones y otro tipo de ausencias.
Al ser un servicio de recepción, esta persona utilizará el ordenador de la empresa cliente así como trabajará en sus instalaciones.
Se podría considerar cesión ilegal de trabajadores?
Yo por un lado entiendo que sí, pero por otro lado es una práctica muy habitual la externalización de las recepciones y el servicio de seguridad, sobre todo en grandes empresas.
Que opináis?
Saludos
Es una situación complicada, aunque tengo casos peores.
Debería haber un contrato de servicios entre ambas empresas que quedará bien definitivo los puntos acordados. Si quieres te paso un modelo.
Parece una tontería pero inspección se fija,
- tienen que tener fichajes diferentes
- uniformes diferenciados
- si hay comedor, no puede utilizarlo, o tener los descuentos de los trabajadores de la empresa principal,..
- en los emails que indique que es personal externo
- las órdenes serán a través de su responsable y no de la empresa principal.
- etc...
Ya se que hay cosas que parece discriminatorio pero en realidad son trabajadores externos. Así nos lo explico un juez
 
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