Buenos días,
Un cliente ha decidido externalizar en un centro de trabajo de más de 100 empleados, el servicio de recepción
Una empresa externa le realizará dicho servicio.
Lo normal es que quien haga ese servicio sea una misma persona, si bien se enviará otra persona durante períodos vacaciones y otro tipo de ausencias.
Al ser un servicio de recepción, esta persona utilizará el ordenador de la empresa cliente así como trabajará en sus instalaciones.
Se podría considerar cesión ilegal de trabajadores?
Yo por un lado entiendo que sí, pero por otro lado es una práctica muy habitual la externalización de las recepciones y el servicio de seguridad, sobre todo en grandes empresas.
Que opináis?
Saludos
Un cliente ha decidido externalizar en un centro de trabajo de más de 100 empleados, el servicio de recepción
Una empresa externa le realizará dicho servicio.
Lo normal es que quien haga ese servicio sea una misma persona, si bien se enviará otra persona durante períodos vacaciones y otro tipo de ausencias.
Al ser un servicio de recepción, esta persona utilizará el ordenador de la empresa cliente así como trabajará en sus instalaciones.
Se podría considerar cesión ilegal de trabajadores?
Yo por un lado entiendo que sí, pero por otro lado es una práctica muy habitual la externalización de las recepciones y el servicio de seguridad, sobre todo en grandes empresas.
Que opináis?
Saludos