a eso venía yo... ojo con ir a tiro fijo a por el despido del mes de indemnización. si hay una jubilación activa y hasta la total transcurre un tiempo en el que el empresario sigue tranquilamente con su actividad habría que asegurar la indemnización del despido objetivo... Si por la contra, hace una jubilación activa como un paso intermedio, y en unos meses pide la total, ahí podría jugar la indemnización de un mes
Paso de jubilación activa a plena del autónomo: ¿se pueden extinguir los contratos de los trabajadores por este motivo?
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Parte de la contradicción entre el TSJ de Castilla-La Mancha y el TSJ de Cantabria se justifica precisamente por esos plazos.
En CLM fueron 6 años, situación objetivamente "más que consolidada de continuidad". Y claro, si has jugado la carta de la prestación anticipada (*) de jubilación a cambio de continuidad, y ésta se ha consolidado, luego no vale que juegues la carta de la extinción por cese por jubilación.
En cambio, en Cantabria la situación de jubilación anticipada no llegó a 2 años, así que el tribunal "entendió" que era un mero procedimiento de "cierre ordenado en el tiempo".
(*) Y sí, la jubilación activa no es más que un derecho de anticipar la jubilación "verdadera", dado que cumples un requisito (el tiempo y edad) pero no el otro esencial, el cese de actividad.