Falta de asistencia por la huelga de Iberia.

toni

Miembro conocido
Como considerais el llegar al trabajo 2 dias despues por la huelga de
Iberia? Ausencia justificada? No justificada?  Se le puede descontar esos dos dias?

Saludos.
 

fundación

Miembro conocido
Pues depende del caso. Imagina que el desplazamiento es en la península y que podía haber cogido un tren ese mismo día.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si realmente no tuvo opciones minimamente razonables para llegar al trabajo por ese motivo, podría considerarse como "fuerza mayor" y, por tanto, como ausencia justificada, pero no necesariamente retribuida.
Vaya, que no sería sancionable (repito, si entendemos que no hya habido una falta de diligencia del trabajador), pero, en principio, podría entenderse que no ha devengado el salario de esos días de ausencia.

Yo me he encontrado con supuestos similares en caso de fuertes nevadas (y en lugares en los que no estamos acostumbrados a ellas), cuando la nube humo ocasionada por aquel volcán islandés y que generó la cancelación de muchos vuelos, etc. y obré de esa manera

Pero me refiero a casos en los que el despalzamiento era desde el domicilio del trabajador o bien estaba de viaje de vacaciones (y demoró el regreso por esas causas). Tal vez si se trata de un desplazamiento por motivos de trabajo ´merecería otra valoración.


Saludos
 

toni

Miembro conocido
Os cuento. La empresa lo desplaza de Madrid a Bilbao una semana con los billetes de ida y vuelta facilitados por la misma. Ante la huelga de Iberia y no poder llegar hasta mañana, la empresa le facilita un coche llegando esta noche a Madrid.
 

Raquel GR

Miembro activo
PUes hombre, si fuera que el viene de viaje de placer, me lo podría plantear el descontárselo pero estando desplazado por trabajo... pues entiendo que no
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Totalmente de acuerdo.
Si el desplazamiento ha sido por motivos de trabajo y el regresa de acuerdo con los medios ofrecidos por la empresa... ,. vamos que entiendo que no hay nada que descontar.

Saludos
 

fundación

Miembro conocido
Hombre, haber empezado por ahí, que eran temas de trabajo y estaba a expensas de los recursos de la empresa. Cualquiera se había ido por una vuelta de vacaciones o permisos.
 

Triqui

Miembro
Algo parecido me ocurre a mí. Un trabajador pospone su incorporación tras vacaciones debido a la cancelación de un vuelo, le decimos que procederemos a descontarle un día más de sus vacaciones y nos dice que no está de acuerdo, que tiene un justificante dé la compañía donde le reconocen la cancelación del vuelo.
En cualquier otro compañero me podría plantear condonarle el día, pero resulta que esta persona es de esas "muy legalistas" que no te conceden ni media, con lo cual, no me da la gana de transigir.
¿Que haríais vosotros?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues nada, explicarle que justo ese justificante (que hará muy bien en pedir y aportar) permitirá que, adicionalmente, no sea sancionado por ausencia injustificada. Se podrá considerar que la misma obedece a fuerza mayor (dando por bueno que no ha dispuesto de alternativas razonables para su retorno antes).
Pero, en todo caso, no ha trabajado y tampoco esa situacion está dentro de las expresamente recogidas por el ET como permiso retribuido (habría que ver si el convenio contempla alguna otra cosa, pero veo poco probable que contemple algo asi), por tanto, no ha devengado el salario.
Pero repito, gracias a ese justificante, además de ese no devengo de salario, no será sancionado por ausencia injustificada

Si va en plan legalista y tampoco ha demostrado generosidad y flexibilidad con la empresa en otra ocasiones, yo se lo plantearia y resolvería así.

Saludos
 
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