FAMOSA CARTA AMENAZANDO PASAR FD A FIJOS

VILA100

Miembro conocido
Hola. Al hilo de este tema, ya se que se ha tratado mucho en el foro, pero ahora no encuentro exactamente mi caso. Son trabajadores fijos discontinuos de un club de futbol. Trabajan cada año, del 1/09 al 15/06. En verano el recinto está cerrado. Me ha llegado la carta para pasar, de los 33 trabajadores que tiene la empresa, solamente 1 a fijo ordinario. En base a la estadística. Si lo paso a fijo, que se supone que tengo que hacer con este trabajador los 2 meses y medio que no trabaja?
y esto no es FD?. Cuál es el motivo?
Salu2
 

Wastual

Miembro conocido
ya, pero si cobran según convenio, me saldrá una base inferior a la mínima, no? ellos cobran "x" por 9 meses contratados (jornadas de 3 o 4 horas semana). Son chavales que estan estudiando. Si pongo este mismo importe entre 12, me saldrá por debajo del mínimo.
Perdona compañero @Gestributs, no vi tu respuesta hasta ahora.

Si se abona salario todos los meses, tanto en los que hay actividad como en los que no, para no tener que recurrir al especial y engorroso procedimiento del BNR en cuestión, la BC será igual al salario, que coincidirá a su vez con el total determinado por el Convenio reducido según la parcialidad anual y prorrateado entre esos 12 meses, como ya se ha dicho.

Ahora bien, el control de la base mínima, al ser un TP, se realizará según el número de horas a informar en el fichero de bases. En ese caso, parar evitar esa problemática que expones, en efecto, sucede, hay que informar una cuantía igual a distribuir la jornada total anual de manera equitativa entre todas las liquidaciones del año, al igual que se hace con el salario.
Ejemplo: jornada anual total de 891 horas (equivalente a un CTP del 50% de una completa de 1.782) -> en cada L00 se informa 81 horas.

Y ello aunque no coincida con las horas realmente realizadas: un aspecto es el control horario y otro, bien distinto, ese concepto del SLD, que tiene el exclusivo fin de realizar tal comprobación, nada más. Y es que proceder así no supone tal perjuicio para la empresa, y, lo determinante: tampoco conlleva en ningún caso una infracotización para la SS. Continuando con el ejemplo anterior...

891 horas anuales implican una BC mensual de 673,92€ (8,32€ la hora, según Orden de Cotización de 2025) para el SMI, repartiéndolas uniformemente según lo ya dicho y totalizando al año 8.087,04€. Y en efecto, si esos trabajadores perciben el 50% del SMI -por ser ese el salario que les corresponde, para ver que incluso el mínimo "cumple" sin problemas- en 12 pagas en cada mensualidad, independientemetne de las horas que realmente lleven a cabo, implican una BC mensual de de 690,97€, que, al año, totalizan 8.288€. Claramente no hay perjuicio por operar así (""horas"" SILTRA distintas a horas del registro).

Además, si se lleva un buen registro de todo ello, es perfectamente justificable, y con la norma en la mano. Es más, es que el BNR en el caso de optar por la otra modalidad de abono es en lo que se fundamenta. Por tanto, se lleva a cabo lo que ha interpretado la propia TGSS.
Personalmente, hasta ahora, sin problema alguno.
 

Gestributs

Miembro activo
Perdona compañero @Gestributs, no vi tu respuesta hasta ahora.

Si se abona salario todos los meses, tanto en los que hay actividad como en los que no, para no tener que recurrir al especial y engorroso procedimiento del BNR en cuestión, la BC será igual al salario, que coincidirá a su vez con el total determinado por el Convenio reducido según la parcialidad anual y prorrateado entre esos 12 meses, como ya se ha dicho.

Ahora bien, el control de la base mínima, al ser un TP, se realizará según el número de horas a informar en el fichero de bases. En ese caso, parar evitar esa problemática que expones, en efecto, sucede, hay que informar una cuantía igual a distribuir la jornada total anual de manera equitativa entre todas las liquidaciones del año, al igual que se hace con el salario.
Ejemplo: jornada anual total de 891 horas (equivalente a un CTP del 50% de una completa de 1.782) -> en cada L00 se informa 81 horas.

Y ello aunque no coincida con las horas realmente realizadas: un aspecto es el control horario y otro, bien distinto, ese concepto del SLD, que tiene el exclusivo fin de realizar tal comprobación, nada más. Y es que proceder así no supone tal perjuicio para la empresa, y, lo determinante: tampoco conlleva en ningún caso una infracotización para la SS. Continuando con el ejemplo anterior...

891 horas anuales implican una BC mensual de 673,92€ (8,32€ la hora, según Orden de Cotización de 2025) para el SMI, repartiéndolas uniformemente según lo ya dicho y totalizando al año 8.087,04€. Y en efecto, si esos trabajadores perciben el 50% del SMI -por ser ese el salario que les corresponde, para ver que incluso el mínimo "cumple" sin problemas- en 12 pagas en cada mensualidad, independientemetne de las horas que realmente lleven a cabo, implican una BC mensual de de 690,97€, que, al año, totalizan 8.288€. Claramente no hay perjuicio por operar así (""horas"" SILTRA distintas a horas del registro).

Además, si se lleva un buen registro de todo ello, es perfectamente justificable, y con la norma en la mano. Es más, es que el BNR en el caso de optar por la otra modalidad de abono es en lo que se fundamenta. Por tanto, se lleva a cabo lo que ha interpretado la propia TGSS.
Personalmente, hasta ahora, sin problema alguno.
muchas gracias!
 
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