FIJO DISCONTINUO PARCIAL

Petrus

Miembro activo
¡Buenos días!

¿Sabéis si se puede hacer o habéis hecho algún contrato fijo discontinuo a tiempo parcial?

Yo creo que no, porque no hay convenio que lo diga, pero como por aquí vivimos tantas cosas diferentes, igual me decís otra cosa.
 

africallora

Miembro conocido
Ya comenté en el foro que hace un tiempo tuve que hacer CCC + secundario para un señor que se pasaba 4 meses del año en una ciudad cálida y 8 en su residencia habitual.

Hice dos contratos FD para EH. La de 4 meses lo hice en parcial.

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PS. Te me adelantaste @toni ,;)
 

toni

Miembro conocido
Ya comenté en el foro que hace un tiempo tuve que hacer CCC + secundario para un señor que se pasaba 4 meses del año en una ciudad cálida y 8 en su residencia habitual.

Hice dos contratos FD para EH. La de 4 meses lo hice en parcial.

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PS. Te me adelantaste @toni ,;)
Ostras @africallora, pues me acabo de dar cuenta que esto estaba el el foro de EH, he contestado pensando que estaba en el foro general...:cry:.

Borro la respuesta pues no tiene nada que ver...:(, pero si, si que se puede...
 

Cachilipox

Miembro conocido
La normativa (ET, art. 16.5 2º párrafo), menciona "convenio colectivo de ámbito sectorial".
No me suena la existencia de un convenio colectivo sectorial ámbito hogar....
 

toni

Miembro conocido
Pues si no hay convenio, que no lo hay para este regimen y no he visto ninguna norma que lo impida, mas a mi favor, pues todo aquello que no esta excluido esta incluido...
 

africallora

Miembro conocido
El primero lo conocerás cuando ELA siente en el banquillo del TSJ Pais Vasco a Confebask, que va a ser en breve.

No me suena que en el ET o en el RDL 1620/2011, normativa aplicable para Empleo Hogar, se hable de que se puedan hacer contrataciones FD para EH ¿a ti?... Ni siquiera a tiempo completo. ¡Qué cosas!... y, ¿por qué se puede hacer?

La parcialidad se admite y se hace.
 

Petrus

Miembro activo
Yo entiendo que el FD no está restringido solo a RG, en un Noticias Red ya nos avisaron que habilitaban este campo para las altas en EH, y entendería que hay justificación para poder hacerlos parciales, pero como dice Cahilipox, según el ET, parece que eso cuelga un poco de lo que establezca el convenio...
Supongo que el sistema permite que se pueda hacer el FD parcial.

Tengo la posibilidad de poder hacer uno de esta manera, ya que durante 4 meses al año no está en esa vivienda y no necesita sus servicios, pero no veo cómo justificar la parcialidad si no hay convenio.
 

Cachilipox

Miembro conocido
"Que se haga" no es fuente de legalidad.

Una cosa es que en este régimen, la asimetría entre las partes sea tan brutal, que de facto existan situaciones más propias de la servidumbre feudal.
Otra cosa es que nuestros organismos recaudadores (la TGSS es eso, un organismo recaudador), mientras obtengan recaudación, no están demasiado por el control de legalidad.

El RDL 1620/2011 hace continuas remisiones a "la normativa laboral común" o incluso de forma expresa al Estatuto de los trabajadores.

Como "legalmente" sería posible (si existiese un convenio sectorial que lo habilitase), es lógico que el sistema te acepte los FD a tiempo parcial.

Eso sí, hasta que una trabajadora demande por cantidades y subcotización (pues casi casi seguro sería UNA trabajadora), y normativa en mano, lo tendría ganado de calle.
 

africallora

Miembro conocido
Del alta y de la contratación el único responsable es TGSS. No hay SEPE, no hay nadie más. Y si lo permite, ¿quién soy yo para desdecirle?...
 
Última edición:

toni

Miembro conocido
Si todo lo que dices esta muy bien, pero yo sigo en lo mio, si no esta excluido esta incluido.

El 16.5 2º párrafo dice

5. Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán establecer una bolsa sectorial de empleo en la que se podrán integrar las personas fijas-discontinuas durante los periodos de inactividad, con el objetivo de favorecer su contratación y su formación continua durante estos, todo ello sin perjuicio de las obligaciones en materia de contratación y llamamiento efectivo de cada una de las empresas en los términos previstos en este artículo.

Estos mismos convenios podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifiquen, la celebración a tiempo parcial de los contratos fijos-discontinuos, y la obligación de las empresas de elaborar un censo anual del personal fijo-discontinuo.

Asimismo, podrán establecer un periodo mínimo de llamamiento anual y una cuantía por fin de llamamiento a satisfacer por las empresas a las personas trabajadoras, cuando este coincida con la terminación de la actividad y no se produzca, sin solución de continuidad, un nuevo llamamiento.

Y en EH de momento no hay CC.
 

PEDRO

Miembro conocido
Este país lo de siempre, mucha normativa pero nada clara. Siempre estamos con este debate por la falta de claridad.
En su momento publiqué esta noticia de una sentencia que considera el fijo discontinuo como un contrato parcial.

 

Cachilipox

Miembro conocido
Y en EH de momento no hay CC.
Por lo tanto, si quien por normativa tiene la potestad de autorizar la celebración de un tipo de contrato, ni está ni se le espera.....

El asunto peliagudo que complica todo es que si haces un FD a tiempo parcial (con sus inactividades subvencionadas por el SEPE....), estamos metiendo a un tercero en un acuerdo privado, sin un amparo legal bastante. Un tercero que resulta ser ni más ni menos que una administración pública, que supuestamente se debe al interés general......

En cambio, si la realidad y la naturaleza de las prestaciones de servicios deben ser a tiempo parcial tanto "horizontal" (menos horas de jornada diaria), como "vertical" (no se trabaja todos los días laborables), para eso existe el contrato a tiempo parcial ordinario con jornada concentrada.

Claro que durante las inactividades la trabajadora no tiene paro......
 
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