fijo discontinuo vs circ.produc.previsibles max.90 dias( monitor en el mes de julio)

IronicBCN

Miembro
Hola compañeros, a ver que opiniones teneis al respecto, entiendo que para una actividad temporal y ciclica que se repite anualmente en el mes de julio la contratacion de monitores deberia ser bajo la modalidad de fijos discontinuos... el tema es que mi cliente no esta por la labor de hacerlo este año, sino al siguiente en caso de repetir con las mismas personas, yo ya le he dicho que lo que hay tener en cuenta no es quien repite sino si la actividad es ciclica independientemente de si repite o no el año que viene, y que deberia hacerse un fijo discontinuo, en el caso que mi cliente erre que erre prefiera que le hagamos el contrato cir.produccion causas previsibles, no seria un riesgo por aquello que de no se ha podido informar el calendario previamente durante el ultimo trimestre del 2021 al legal representante de los trabajadores si lo hubiere.. que pasa en en estos casos hay algun criterio de flexibilidad que sepais para este año, en el sentido de no exigirse ese requisito?.
 

reb

Miembro conocido
La primera vez puede colar el previsible, pero al año siguiente si es siempre igual y mismas fechas ya toca ser FD, que a su vez, es lo mismo y encima cotizas un poco menos.
 

reb

Miembro conocido
En los centros comerciales, el periodo de rebajas siempre son en los mismos meses por ejemplo, y no se hacen FD, se hace el contrato previsible, así que no sé muy bien... es tan ambiguo todo..
 

PEDRO

Miembro conocido
Perdona reb, en el ejemplo que pones de las rebajas lo pusieron en una charla a la que acudí como contrato fijo discontinuo, en la medida que los periodos de rebajas se repiten. Otras cosa sería una promoción, por ejemplo cuando el Corte Inglás anuncia la semana de ....X, ahí sería un contrato eventual previsible.
 

reb

Miembro conocido
Perdona reb, en el ejemplo que pones de las rebajas lo pusieron en una charla a la que acudí como contrato fijo discontinuo, en la medida que los periodos de rebajas se repiten. Otras cosa sería una promoción, por ejemplo cuando el Corte Inglás anuncia la semana de ....X, ahí sería un contrato eventual previsible.
Pf es que no se yo eh, porque tienen que ser fijos en las rebajas? si es extrapolar la temporada alta de la hostelería al ámbito de las tiendas no? que diferencia hay entre la llegada del verano a los restaruantes y la llegada de las rebajas por navidad en las tiendas/centros comerciales?
 

MarLo

Miembro conocido
Perdona reb, en el ejemplo que pones de las rebajas lo pusieron en una charla a la que acudí como contrato fijo discontinuo, en la medida que los periodos de rebajas se repiten. Otras cosa sería una promoción, por ejemplo cuando el Corte Inglás anuncia la semana de ....X, ahí sería un contrato eventual previsible.
Lo que tengo leído, ya nos lo irán aclarando, es que estos previsibles pueden cubrir esas fechas de rebajas igual que en hostelería pueden cubrir la carga extra de las cenas de navidad o las comidas por comuniones...

1654773084544.png

pero hay casos en lo que yo de principio, y hasta que nos lo vayan aclarando, no recomendaría este contrato de 90 días: por ejemplo, una empresa de catering, ya que su actividad principal es hacer eventos. O un trabajador que se contrata todos los veranos y para un periodo que excede el típico extra de fin de semana. Es decir si alguien me dice "contrata a fulanito que ya estuvo el año pasado de 1 de junio a 28 de agosto".
 
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PEDRO

Miembro conocido
Pf es que no se yo eh, porque tienen que ser fijos en las rebajas? si es extrapolar la temporada alta de la hostelería al ámbito de las tiendas no? que diferencia hay entre la llegada del verano a los restaruantes y la llegada de las rebajas por navidad en las tiendas/centros comerciales?
Yo solo te comento lo que oí en una de esas charlas iniciales que nos dieron. Pero ya ves, estamos en lo de siempre, promulgan leyes que no son claras y así nos encontramos, hablando de lo mismo con opiniones distintas. Y eso ocurre, no por nosotros, si no porque siempre ha pasado que gobiernos ineptos dictan leyes que al final se van "entendiendo" a base de sentencias, actas de inspecciones... Vamos que estamos dejados de la mano de Dios.
 
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MiriamSR

Miembro conocido
Yo es que no lo veo igual, no veo igual las cenas de Navidad por ejemplo, que aunque siempre son por las mismas fechas, puedo tener 10 un año y 0 al siguiente, que las rebajas queso eres tienda las vas a hacer sí o sí.
 
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reb

Miembro conocido
Yo es que no lo veo igual, no veo igual las cenas de Navidad por ejemplo, que aunque siempre son por las mismas fechas, puedo tener 10 un año y 0 al siguiente, que las rebajas queso eres tienda las vas a hacer sí o sí.
Es que si nos ponemos así.. Alomejor Zara en el 2021 vende muchísimo y en el 2022 no entra ni el tato, por poder...
 

reb

Miembro conocido
Yo solo te comento lo que oí en una de esas charlas iniciales que nos dieron. Pero ya ves, estamos en lo de siempre, promulgan leyes que no son claras y así nos encontramos, hablando de lo mismo con opiniones distintas. Y eso ocurre, no por nosotros, si no porque siempre ha pasado que gobiernos ineptos dictan leyes que al final se van "entendiendo" a base de sentencias, actas de inspecciones... Vamos que estamos dejados de la mano de Dios.
Ya ya si está claro y te entiendo pero uff, como hemos empezado el año
 

reb

Miembro conocido
Lo que tengo leído, ya nos lo irán aclarando, es que estos previsibles pueden cubrir esas fechas de rebajas igual que en hostelería pueden cubrir la carga extra de las cenas de navidad o las comidas por comuniones...

Ver el archivos adjunto 744

pero hay casos en lo que yo de principio, y hasta que nos lo vayan aclarando, no recomendaría este contrato de 90 días: por ejemplo, una empresa de catering, ya que su actividad principal es hacer eventos. O un trabajador que se contrata todos los veranos y para un periodo que excede el típico extra de fin de semana. Es decir si alguien me dice "contrata a fulanito que ya estuvo el año pasado de 1 de junio a 28 de agosto".
Si nos vamos a la RAE, dice lo siguiente:
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Por tanto, en las empresas de monitores, restaurantes y tiendas, que haya picos de trabajo en meses puntuales es previsible, así que yo lo meto ahí en el mismo saco..
 

MiriamSR

Miembro conocido
Es que si nos ponemos así.. Alomejor Zara en el 2021 vende muchísimo y en el 2022 no entra ni el tato, por poder...
Pues si no lo entendemos así, creo que hacemos todos los contratos temporales y yo creo q la reforma no iba mucho por ese camino. A la reforma le gusta más los fijos discontinuos. Luego eso sí, interpretaciones mil, yo de momento y mientras no nos vayan guiando un poco más, temporales evitare hacer para estos casos.
 

MarLo

Miembro conocido
Si nos vamos a la RAE, dice lo siguiente:
Ver el archivos adjunto 746
Por tanto, en las empresas de monitores, restaurantes y tiendas, que haya picos de trabajo en meses puntuales es previsible, así que yo lo meto ahí en el mismo saco..
sí, yo he leído por activa y por pasiva que hay que distiguir entre los imprevisibles de 6 meses que no sirven para trabajos cíclicos y los previsibles de 90 días que sí que sirven para trabajos cíclicos. Y lo razonable, ahora que todos estamos en pañales es defendible ante una inspección: temporada de rebajas para cubrir 15 día o un mes de trabajo extra en donde puedes tener más o menos clientes o cenas de navidad también.... (sólo por poner dos ejemplos) Pero ojo con estirar la goma... A mi una empresa de catering que sobre todo trabaja en verano me decía que en verano iba a tener 15/20 eventos de uno o dos días. y cómo mucho necesitaba contratar en cada evento a 5 o 6 camareros utilizando contratos temporales. Como sólo tiene trabajadores fijos en plantilla en el área de cocina le dije que ni de coña. Que si tuviese al menos fijos discontinuos o fijos para sala y necesitase en algún evento un refuerzo, que sí. Pero que para todo el año era inviable para su actividad trabajar con temporales en sala. El tipo se enfurruñó y dijo que entonces iba a sucontrartar en una ETT (sólo por no pasar el trabajo de organizar con tiempo y calma la contratación ya que soluciones le ofrecía y más baratas que pagar 27 euros de recargo por cada contrato). Pues nada. Como digo allá se fue para la ETT en donde se la está jugando también... pero el tipo tiró por ahí. Yo facturo menos. Pero duermo tranquilo porque creo, que con las información que tenemos hasta ahora lo estaba asesorando de p.m para evitarle problemas. Ya veremos cuando tenga alguna inspección a ver cómo explica que siendo un catering no tiene a nadie fijo en sala durante todo el año.
 
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