leoncho
Nuevo miembro
Buenas tardes, si un trabajador, finaliza relación con una empresa, fin de contrato, la pregunta es muy sencilla:
¿Hasta qué punto es legal que no paguen el finiquito de inmediato (2-3 días siguientes al fin de la relación laboral), y esperen al mes siguiente, como si fuera el pago de una nómina normal de un trabajador de plantilla? Es decir, si termina contrato el 7 de enero ¿Es legal o ético, que no se le pague el finiquito hasta febrero? Un saludo
¿Hasta qué punto es legal que no paguen el finiquito de inmediato (2-3 días siguientes al fin de la relación laboral), y esperen al mes siguiente, como si fuera el pago de una nómina normal de un trabajador de plantilla? Es decir, si termina contrato el 7 de enero ¿Es legal o ético, que no se le pague el finiquito hasta febrero? Un saludo