Firmado convenio estatal de dependencia

Argi

Miembro conocido
Buenos días,
Se ha firmado el VIII Convenio Estatal de Dependencia con una subida del 4% para el 2023.
Yo había optado a falta de tablas a subir el salario base un 5,7% a cuenta convenio.
Si ahora la empresa me pidese regularizar el exceso de cobro de enero y febrero, ¿lo veriais posible?
 

merjime

Nuevo miembro
Buenos días, ¿de donde has sacado esa información? ¿has teniido acceso a las tablas salariales?
 

merjime

Nuevo miembro
muchas gracias, lo he estado buscando y lo han subido en la pagina de dependencia info, está un resumen y el texto integro del convenio a la espera de la publicación por el boe. os pongo el enlace por si os lo queréis descarar que ocupa mucho y no lo puedo subir, ha subido el 4% que pusiste.

 

BELEN

Miembro conocido
Sigue sin publicarse verdad? porque estan como locos por cobrar atrasos de enero y febrero y hasta que salga el BOE nada.... a ver si se me ha escapado la publicacion 😱
 

Isleta

Miembro
No, todavía no ha sido publicado pero en el texto del Convenio firmado sí que señala ese 4 por ciento de subida con efecto de enero del 23. Por cierto también disminuye sensiblemente la jornada laboral.
 

BELEN

Miembro conocido
No, todavía no ha sido publicado pero en el texto del Convenio firmado sí que señala ese 4 por ciento de subida con efecto de enero del 23. Por cierto también disminuye sensiblemente la jornada laboral.
Si, ese 4% se esta aplicando desde marzo que se conoció el convenio firmado En enero y febrero pagamos un 2% a cuenta, por tanto entiendo que los atrasos de estos 2 meses no podré pagarlos (y cotizarlos sin recargo) mientras no se publique el convenio en el BOE. ¿correcto, es asi?
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Si, ese 4% se esta aplicando desde marzo que se conoció el convenio firmado En enero y febrero pagamos un 2% a cuenta, por tanto entiendo que los atrasos de estos 2 meses no podré pagarlos (y cotizarlos sin recargo) mientras no se publique el convenio en el BOE. ¿correcto, es asi?
En su pagina werr de los recaudadores legisladores pone esto:
  • Incremento de salarios con carácter retroactivo: El ingreso de cuotas por incrementos de salarios, modificaciones de las bases y tipos que deban aplicarse con carácter retroactivo, en virtud de disposición legal, acta de conciliación, sentencia judicial o por cualquier otro título legítimo, finalizará, salvo que en dichas normas se fije otro plazo, el último día del mes siguiente al de la publicación en el boletín oficial correspondiente de las normas que los establezcan, al de la notificación del acta de conciliación o de la sentencia judicial, o expedición del título legítimo.

 

BELEN

Miembro conocido
En su pagina werr de los recaudadores legisladores pone esto:
  • Incremento de salarios con carácter retroactivo: El ingreso de cuotas por incrementos de salarios, modificaciones de las bases y tipos que deban aplicarse con carácter retroactivo, en virtud de disposición legal, acta de conciliación, sentencia judicial o por cualquier otro título legítimo, finalizará, salvo que en dichas normas se fije otro plazo, el último día del mes siguiente al de la publicación en el boletín oficial correspondiente de las normas que los establezcan, al de la notificación del acta de conciliación o de la sentencia judicial, o expedición del título legítimo.

Exacto, pues a esperar el BOE. 🙂
 

merjime

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Buenos días, por fin se publicó el dia 09 de junio en el BOE.

Como habéis hecho en junio, primero calcular atrasos y luego las pagas extras o al revés? o los dejais para el mes de julio.?
Gracias
 

Caslaboral

Miembro conocido
Buenos días,
Se ha firmado el VIII Convenio Estatal de Dependencia con una subida del 4% para el 2023.
Yo había optado a falta de tablas a subir el salario base un 5,7% a cuenta convenio.
Si ahora la empresa me pidese regularizar el exceso de cobro de enero y febrero, ¿lo veriais posible?
Pues me uno a la pregunta suya. Yo subi las tablas a IPC, que es lo que marca el convenio, ahora que hago con esto?

Es tan dificil respetar lo que ellos mismos acordaron?
 

PEDRO

Miembro conocido
Pues me uno a la pregunta suya. Yo subi las tablas a IPC, que es lo que marca el convenio, ahora que hago con esto?

Es tan dificil respetar lo que ellos mismos acordaron?
Yo estoy como tú, ene enero subí el IPC del año anterior y ahora resulta que son superiores.
Ahora a ver quien les reduce el sueldo a los trabajadores.
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo hablé con el cliente, lo entendió y la final parece conforme pues le expliqué que cuando llegase el año que viene no tendría que incrementar tanto los salarios.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Pues me uno a la pregunta suya. Yo subi las tablas a IPC, que es lo que marca el convenio, ahora que hago con esto?

Es tan dificil respetar lo que ellos mismos acordaron?
Yo quité el complemento a cuenta de convenio y ajusté los salarios a lo que firmaron y publicaron con el acuerdo, la empresa, afortunadamente no ha visto inconveniente en ello y con lo pagado de más esos primeros meses no lo toca
 
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merjime

Nuevo miembro
Buenos días, a los que lleváis este convenio, ¿Cómo hacéis el calculo de los complementos variables para abonarlos durante el periodo de disfrute de las vacaciones?.
 
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