Gestión laboral empleadas hogar

Argi

Miembro conocido
Muy buenas,

Nosotros hasta la fecha cobramos por la gestión inicial: altas, contrato y unas cuantas nóminas...y hasta luego, Lucas.
Si, posteriormente, hubiera que tramitar algo, se cobraba aparte.
Siempre había alguna consultilla que nos la comíamos con patatas...

La cuestión es que ahora la cosa ha cambiado: desempleo, certificado de empresa, el desestimiento hay que vestirlo...y cada vez son más la consultas.
Nos estamos planteando tarifar un mantenimiento mensual, al igual que con una empresa normal, a un precio algo más económinco por aquello de que (de momento) requiere menos trámites...


¿En vuestro despacho cómo se gestiona el tema de las empleadas de hogar?

Salud!
 

Ferinho

Miembro activo
Pues es un marrón la verdad. Lo hacemos por compromiso con clientes que tienen negocios/empresas y que nos lo piden de favor..en algunos casos lo cobramos como si fuese una nómina normal de un trabajador más de la empresa. En los casos en lo que no cobramos cuota mensual es más complicado..incluso sin cobrar nada..
 

MARTALCAB

Miembro activo
Buenos dias, retomando este tema, como estais haciendo? yo tengo clientes que no solo son empleadores de hogar, y sinceramente no hay honorarios que pague esto. Que si bajas, que si mirarme si las cuotas están bien, que si me vino un requerimiento de nos e que año, etec etc
Yo estaba cobrando una cuota anual de 120 euros, pero sinceramente me parece muy poco.
 

Bruma

Miembro activo
Veo que este tema nos resulta fastidioso a casi toda la profesión, así que, si se me permite la sugerencia, propongo que si algún despacho que esté especializado en empleo de hogar (alguno de por aquí habrá) está interesado en ampliar la gestión, que se de a conocer mediante una dirección de correo más o menos significativo al que podamos acudir para subcontratar sus servicios.

Como decían los economistas clásicos, de la repetición surge la especialización, por tanto, puede ser un buen nicho de mercado para algunos profesionales especializados.
 

Leovigildo

Miembro activo
Buenos dias, retomando este tema, como estais haciendo? yo tengo clientes que no solo son empleadores de hogar, y sinceramente no hay honorarios que pague esto. Que si bajas, que si mirarme si las cuotas están bien, que si me vino un requerimiento de nos e que año, etec etc
Yo estaba cobrando una cuota anual de 120 euros, pero sinceramente me parece muy poco.
El problema de este régimen es la escasa o "clarificadora" información que hay sobre el mismo.
Los que me leéis, yo lo hago por obligación y cuando preguntas en sede, muchas veces ni los funcionarios saben cómo atender muchas dudas que suelen surgir.
Para más inri, se añade en que es un nexo común en Madrid, como punto de entrada para trabajar por parte de trabajadores de otros países que quieren establecerse en España, con lo que se añade extranjería, compromisos y un largo etcétera.
Con lo que os pueda ayudar, os comento.
 

pajarillo

Miembro conocido
La gestión inicial y hasta luego lucas 80 € +iva.
La llevanza son 14,5 € mensuales + iva. (los cobramos trimestralmente).

Pero desde luego, los temas de este régimen no están pagados para el follón que dan.
 

toni

Miembro conocido
Bufff... muy barato lo haceis..

Alta empresa inicial, contrato mas alta empleada 150 + iva.

Gestion mensual 45 + iva.

Yo aviso cuando entran, algunos han dicho que no y otros que si, pero por menos no hago nada. Reconozo que puede ser un poco alto, pero hecho a proposito para que se vayan...
 
Nosotros cobramos 125 + IVA: CCC, alta empleado (obtención de NAF incluido) y contrato registrado, nómina mensual 40 + iva, baja 50 + IVA. En los últimos años se ha complicado bastante los trámites con este régimen, si no cobrar algo decente no sale a a cuenta.
 

toni

Miembro conocido
Lo que tengo muy claro tambien es que si en un futuro empezamos ya con los 111 y 190, el precio sube y como las lentejas, si quieres las comes y si no las dejas...

PD: Se nota que odio este regimen?
 
Es muy odioso este régimen....nosotros por desgracia tenemos una gran afluencia de EH. Yo tengo empleados de hogar que la empresa voluntariamente los tiene en RG, e incluso estos casos, salvo voluntad del empleador de querer retener IRPF, no hay obligación, por lo que no hay que hacer 111 y 190. Si llega el momento que hay que practicar IRPF pues mejor que los incluyan directamente en el RG.
 

Cachilipox

Miembro conocido
tengo empleados de hogar que la empresa voluntariamente los tiene en RG, e incluso estos casos, salvo voluntad del empleador de querer retener IRPF, no hay obligación, por lo que no hay que hacer 111 y 190.
EING???
Algo se me escapa.
¿Podrías ilustrarnos un poco?
¿Empleados del hogar de "empresas"?
¿Régimen general sin retención y sin 111-190, aunque sea a 0?
Salvo los chóferes al servicio de particulares, no conocía supuestos de "servicio doméstico" en RG.
 
Si, tenemos empleadores de hogar personas físicas en RG, que prefieren tener al personal con las coberturas del RG (antes sobre todo por el desempleo). Antiguamente necesitábamos un certificado de AEAT para certificar que no había ninguna actividad de alta, pero ahora no lo piden. Ponemos el CNAE 9700 en el CCC en Régimen General. No hay obligación de practicar retenciones, se entiende a todos los efectos que son empleados de hogar. Dependiendo de los ingresos, al trabajador le toca pagar en renta. A veces AEAT nos ha mandado requerimiento, hemos explicado y le hemos mandado su propia ley donde se recoge que eso es así y sin problemas.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Vale.
Entiendo que no es un nuevo supuesto que desconocía, sino un encuadramiento "poco ortodoxo", aprovechando un poco "las sombras de la ley".
Es una forma de "arreglar" la discriminación que había entre "chóferes al servicio de particulares" y el resto del personal doméstico. Y como implica cotizar más y no menos.....

Gracias por la información. Siempre se aprende algo nuevo.
 

MARTALCAB

Miembro activo
Creo que me expiqué mal, inicalmente por hacer la gestion 100+iva, y nomina 12+iva/mes, pero lo dicho o se cobra todo a mayores, bajas, incidencias varias, etc, o esa cuota la tento que subir porque vamos....
 
Vale.
Entiendo que no es un nuevo supuesto que desconocía, sino un encuadramiento "poco ortodoxo", aprovechando un poco "las sombras de la ley".
Es una forma de "arreglar" la discriminación que había entre "chóferes al servicio de particulares" y el resto del personal doméstico. Y como implica cotizar más y no menos.....

Gracias por la información. Siempre se aprende algo nuevo.
No es poco ortodoxo y no hay sombra de ningún tipo....La TGSS cuando había que ir a conseguir el CCC de forma física no ponían ningún tipo de inconveniente, es una práctica bastante habitual de la zona.
 

Cachilipox

Miembro conocido
A ver, el "no he tenido ningún problema de gestión" no tiene nada que ver con "En tal norma, artículo tal y cual, dicen esto y lo otro".

"Sombras de la ley", aspectos o interpretaciones del marco legal, que por su propia naturaleza poco definida, permita que algo se materialice de una u otra manera, al albur de la voluntad del sujeto obligado.
 
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