hotel

Paco~

Nuevo miembro
Hola,

Entiendo, al igual que Fernando, que si la contratación se realiza por una empresa no dedicada a la actividad de jardinería, (En tu caso, hostelería) lo que corresponde es contratar al trabajador como subalterno con la categoría más cercana a las tareas que va a realizar, que en este caso sería la de jardinero.

Saludos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Yo no `me complico y asigno categoría pero, ojo, en caso de que no tuviera categoría, podrías incluso pagar SMI.
 

Clo

Nuevo miembro
yo también,  le pondría categoría similar del convenio de hostelería (peón, mantenimiento,...)
 

fundación

Miembro conocido
Por correspondencia de categorías que establece el ALEH IV debes buscarlo como Especialista de mantenimiento y servicios auxiliares o Especialista de mantenimiento y servicios técnicos de catering (de flota y de instalaciones y edificios).
 
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