hola,
nos acaba de llegar por siltra un comunicado donde le reconocen a un trabajador una incapacidad permanente total con efectos económicos desde el 26/07/24 y que no se prevé que vaya a ser objeto de revisión por mejoría que le permita la reincorporación antes de dos años.
De momento el trabajador no ha dicho ni mu, no nos ha pedido pagarle las vacaciones pendientes.
La empresa tiene que pagarlas obligatoriamente o esperamos a que el trabajador las reclame y si no las reclama santas pascuas?
Hay algo más que tenga que hacer la empresa en estos casos? Porque supongo que en este caso que le han concedido la incapacidad permanente total la empresa no tiene que darlo de alta de nuevo verdad?
nos acaba de llegar por siltra un comunicado donde le reconocen a un trabajador una incapacidad permanente total con efectos económicos desde el 26/07/24 y que no se prevé que vaya a ser objeto de revisión por mejoría que le permita la reincorporación antes de dos años.
De momento el trabajador no ha dicho ni mu, no nos ha pedido pagarle las vacaciones pendientes.
La empresa tiene que pagarlas obligatoriamente o esperamos a que el trabajador las reclame y si no las reclama santas pascuas?
Hay algo más que tenga que hacer la empresa en estos casos? Porque supongo que en este caso que le han concedido la incapacidad permanente total la empresa no tiene que darlo de alta de nuevo verdad?