Incapacidad total. Conversion en indefinido. ¿Bonificación?

CC2019

Miembro activo
Buenas tardes, a ver si alguien puede solventarme éstas dudas.

Trabajador con contrato de circunstancias de la producción, incapacitado total para su profesión habitual.

Una vez que finalice su contrato el 31 de Agosto, la empresa quiere hacerlo indefinido. Las dudas son:

1. ¿Puede aplicarse la bonificación a partir de la conversión, o habría que hacer baja-alta de demanda de empleo-alta con contrato indefinido?

2. ¿Cuánto tiempo tiene que respetar la empresa al trabajador sin despedirlo para no tener que devolver las bonificaciones?

Gracias a todos y un saludo.
 

E2021

Miembro activo
Si quieres tener derecho a la bonificación tienes que darlo de baja, que se inscriba como demandante de empleo, comunicar una oferta al SEPE nominativa (esto en algunas comunidades lo piden en otras no) y cuando esté todo entonces le haces el alta con un 130 bonificado. Las bonificaciones no tienes que devolverlas cuando el trabajador no convenga a tu empresa, por la razón que sea, se le despide, dejas de bonificarte y ya está.
 

CC2019

Miembro activo
Si quieres tener derecho a la bonificación tienes que darlo de baja, que se inscriba como demandante de empleo, comunicar una oferta al SEPE nominativa (esto en algunas comunidades lo piden en otras no) y cuando esté todo entonces le haces el alta con un 130 bonificado. Las bonificaciones no tienes que devolverlas cuando el trabajador no convenga a tu empresa, por la razón que sea, se le despide, dejas de bonificarte y ya está.
Y la oferta al Sepe (no se si hay que hacerla al sepe o al servicio autonomico, en mi caso Sae (Andalucía), ¿se puede hacer por internet?
 

E2021

Miembro activo
Como es nominativa yo suelo llamar a mi oficina y les digo lo que voy a hacer para que no la publiquen, la registran y me dan el número, ya no sé en Andalucía cómo se hará, pero entiendo que podrás hacerla por internet poniendo el nombre y el DNI del trabajador que vas a contratar.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Creo que hay que tener en cuenta 2 aspectos del asunto: bonificacion de los seguros sociales y subvención de servicio autonómico de empleo cada uno de ellos conlleva unos requisitos
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
A mí lo que me interesa es la bonificacion en seguridad social
pues como mínimo tienes que verificar que tiene grado de incapacidad asentado en el sistema de afiliación para que te salga la bonificación, mandando la documentacion que te pidan en su caso te lo solucionan en casia (cumpliendo el resto de requisitos claro)
 

CC2019

Miembro activo
pues como mínimo tienes que verificar que tiene grado de incapacidad asentado en el sistema de afiliación para que te salga la bonificación, mandando la documentacion que te pidan en su caso te lo solucionan en casia (cumpliendo el resto de requisitos claro)
Por lo que he visto, no tiene anotada la incapacidad permanente total.
Lo que más me mosquea es que he hablado con la oficina de empleo y la funcionaria me dice que sobre lo de la oferta "han llovido ríos de tinta", y que no me asegura que sin oferta no puedan revisar la bonificación.
Me dice que la oferta no puede ser nominativa, y que es difícil que si se hace una oferta que le llegue a la empresa entre los candidatos esté el trabajador que pretenden dar de alta.
Vaya coñazo.
 
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