buenas, a ver si me pueden ayudar, porque tengo un lío con una empresa que no veas: empresa con contratos fijos discontínuos que ya finalizaron su actividad, los sacamos del erte y causaron baja en Seg. Soc. y además, tiene otros contratos temporales que han decidido mantener en erte hasta septiembre. El asunto es que quieren dar de nuevo alta a uno de los trabajadores fijos discontínuos y pasarlo ahora a indefinido normal. Después del RDL 24/2020, entiendo que no se incumple con la prohibición de nuevas contrataciones del art.1.3, verdad?? o se puede ver como una nueva contratación? se trataría de activar de nuevo a un fijo discontinuo y pasarlo a indefinido normal.... como lo ven ??
gracias de antemano
gracias de antemano